España
'Caso David Sánchez'

La UE sobre el contrato del hermano de Sánchez: «El Estado debe respetar los derechos fundamentales»

Bruselas recuerda que los Estados "han de velar por el respeto" a la Constitución

La Comisión Europea se ha pronunciado sobre el caso David Sánchez. Aunque Bruselas descarta posicionarse en la causa en la que se investiga la contratación del hermano de Pedro Sánchez por parte de la Diputación de Badajoz, sí deja un aviso claro al propio presidente del Gobierno: «Los Estados miembros han de velar por el respeto de los derechos fundamentales de conformidad con su ordenamiento constitucional y con las obligaciones que les impone el Derecho internacional».

Así lo advierte en una respuesta por escrito a Dolors Montserrat, portavoz del Partido Popular en el Parlamento Europeo y vicepresidenta del Partido Popular Europeo.

Montserrat se dirigió a las autoridades comunitarias para plantear las siguientes preguntas: «¿Considera la Comisión Europea que beneficiar directamente al hermano del presidente es una violación del principio de imparcialidad administrativa? ¿Qué medidas piensa adoptar la Comisión para garantizar que el Gobierno de España respete el principio de igualdad de acceso al empleo público, en cumplimiento del artículo 45 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del artículo 4 de la Directiva 2000/78/CE, donde se prohíbe el trato de favor en la contratación pública?¿Solicitará la Comisión información al Gobierno para determinar si la normativa española cumple los estándares europeos de imparcialidad en el acceso al empleo público o ha habido una vulneración del principio de transparencia en la gestión de recursos humanos en la Administración?». 

La Comisión, en su respuesta, recuerda que la Directiva 2000/78/CE «tiene por objeto luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación», mientras que «el artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE se refiere a las personas que participan en la ejecución del presupuesto de la UE».

Por tanto, en consideración de Bruselas, el caso David Sánchez «no parece referirse a cuestiones de discriminación ni a la ejecución del presupuesto de la UE», por lo que la Comisión se declara «no competente» para «intervenir en casos individuales».

No obstante, sí apunta que: «Los Estados miembros han de velar por el respeto de los derechos fundamentales de conformidad con su ordenamiento constitucional y con las obligaciones que les impone el Derecho internacional».

En este contexto, la Constitución española consagra la igualdad de todos los españoles, y establece específicamente, en su artículo 23, «el derecho de acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes». 

Procesado

Cabe recordar que actualmente David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, está procesado junto a otras nueve personas de la Diputación de Badajoz, entre ellas, su ex presidente Miguel Ángel Gallardo, quien se aforó in extremis para tratar de dilatar el procedimiento.

La juez atribuye a Sánchez los delitos de prevaricación y tráfico de influencias por la creación y adjudicación de su plaza en la Diputación de Badajoz, así como la contratación del ex asesor de La Moncloa, Luis Carrero, como Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas.

«Indicios suficientes»

En el auto de procesamiento, la juez expone que «existen indicios suficientes sobre el presunto carácter delictivo de la conducta imputada y, por tanto, la consecuencia es la de proseguir el procedimiento».

Señala, además, que David Sánchez «teniendo conocimiento previo de que el puesto de coordinador de las actividades de los conservatorios se había creado para él, se presentó a la convocatoria e hizo la entrevista para simular la legalidad formal del procedimiento, siendo el principal beneficiario del mismo». Sánchez «habría utilizado influencia en la Diputación de Badajoz para obtener beneficio propio».

La juez considera que la creación del puesto fue «a petición, seguramente, de persona o personas» del entorno de David Sánchez que «conocían la necesidad» de éste, quien «en ese momento carecía de trabajo estable», apuntando implícitamente al presidente del Gobierno:

«Si David Sánchez, en el momento de la creación y adjudicación del puesto, no conocía a nadie en Badajoz, o por lo menos, no hay indicios de ello, lo que si consta, por ser hecho público y notorio, es que su hermano había sido secretario general del PSOE, – y volvió a serlo durante el periodo de adjudicación del puesto y, como tal, había visitado en diversas ocasiones Badajoz y la provincia, y por razón de dicho cargo y de dicha pertenencia al partido político, él y su entorno cercano tendrían relaciones estrechas con otros miembros del partido en Extremadura con capacidad para influir en las personas que tenían competencia para crear el puesto», sostiene la instructora.