El Supremo busca la unanimidad en la sentencia de exhumación de Franco
La Sección Cuarta de la Sala Tercera del Alto Tribunal decidió por unanimidad, el pasado mes de junio, suspender provisionalmente la exhumación del dictador, como pedía la familia, pendiente la resolución del fondo del asunto.
El Supremo se inclina por exhumar a Franco pero también por aceptar que la familia lo lleve a La Almudena
El Supremo busca la unanimidad en la sentencia que resolverá la exhumación de Franco. El presidente del tribunal competente para resolver el recurso planteado por la familia del dictador, contra la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez, trata de alcanzar un acuerdo sobre la cuestión, sin votos particulares.
Fuentes judiciales apuntan a OKDIARIO que los magistrados habrían alcanzado un consenso sobre la salida de los restos del dictador de su actual ubicación en el Valle de los Caídos, pero mantienen discrepancias en relación con el soporte legal de su posterior inhumación. El lugar donde será enterrado Franco es el principal escollo vigente entre los magistrados.
Tal y como avanzaba OKDIARIO, el pasado mes de junio, los jueces deliberan sobre la base de una «estimación parcial» del recurso planteado por los Franco. Mientras algunos de ellos se inclinan por priorizar «los intereses públicos» vinculados a la exhumación aprobada por el Ejecutivo socialista, otros apuntan a la preeminencia del derecho de la familia a decidir -una vez materializado el traslado de los restos del dictador- el lugar donde reubicar los mismos.
El Gobierno de Sánchez avanza, desde hace meses, en los trabajos de acondicionamiento y vigilancia del cementerio de El Pardo, cuya cripta es la ubicación elegida como destino final para Franco por los socialistas en sus acuerdos ministeriales. Tal es así que, pese a estar pendiente la decisión del Supremo, la misma pasaba de ser competencia de Patrimonio Nacional a depender de la Administración General del Estado vía Real Decreto adoptado por el Ejecutivo, el pasado mes de mayo.
Mientras tanto, la familia mantiene su voluntad de que, si los restos del dictador salen, finalmente, del Valle de los Caídos, descanse en uno de los nichos de los que son propietarios en La Almudena.
Esta es disyuntiva es la que ‘enfrenta’ también a los magistrados del Supremo que están obligados a emitir un doble pronunciamiento, exhumación-inhumación, en su resolución de la causa. Los motivos de seguridad alegados por la Abogacía del Estado, a instancias del Gobierno, para oponerse a la posibilidad de que Franco termine en la catedral madrileña, eran cuestionados por los nietos del dictador en su recurso ante el Supremo.
La familia aportó como prueba un informe técnico de varios peritos expertos que desvirtuaban la tesis oficial y motivo por el que los cinco jueces de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo citaban a las partes a una vista pública en la que preguntaron a los especialistas sobre este extremo.
El actual debate entre los cinco jueces se centra, por tanto, en los aspectos de la seguridad y la inhumación de los restos. Una circunstancia que -unida a que la Abogacía del Estado apura los plazos para entregar su escrito de conclusiones finales- retrasará la emisión del fallo definitivo, inicialmente previsto para el próximo otoño, tal y como era la inicial voluntad del Supremo.
Un calendario que deslizaba el propio tribunal en el Auto donde acordó paralizar, cautelarmente, la exhumación. En el documento, ponencia del magistrado Pablo Lucas, se indicaba: “Teniendo en cuenta el estado actual de las actuaciones y que la tramitación restante no debe presentar, en principio, particulares dificultades, no hay razones que impidan resolver el recurso contencioso-administrativo en un plazo razonable».
Sentencia firme
Una vez se emita la sentencia por parte del Supremo, la misma será firme. Esto es, el pronunciamiento del Alto Tribunal, en caso de resultar favorable a los intereses del Gobierno, permitirá a Sánchez cumplir de manera inmediata, tras un importante retraso sobre las fechas anunciadas, con la promesa estrella a su llegada a Moncloa.
Sin embargo, a la familia le quedaría la posibilidad de recurrir ante el Constitucional -previo recurso de amparo- si considera que sus derechos fundamentales han podido verse vulnerados con la decisión del Tribunal Supremo o durante el desarrollo del procedimiento judicial en curso. Un escenario que sería más probable de incluirse votos particulares discrepantes en la sentencia.
Llegado el caso, el Tribunal de Garantías sería el único competente para suspender la exhumación, en último término, si entendiese que existen dudas razonables sobre cómo la ejecución de la decisión de sus predecesores podría continuar causando un perjuicio irreparable.
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