España
Tribunal Supremo

Llarena reprocha al Constitucional su falta de «mesura» tras retirar la orden de detención contra Puigdemont

El juez del Tribunal Supremo ha ratificado este lunes la retirada de la detención al líder de Junts

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El juez Pablo Llarena, instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, ha acordado aplicar la amnistía al delito de malversación a Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat de Cataluña y líder de Junts, a la vez que ha criticado la falta de «mesura» del Tribunal Constitucional, tras fallo que estima el recurso de Dolors Bassa y concede el amparo a la ex consejera catalana.

Llarena ha confirmado también su decisión de levantar la orden de detención contra Puigdemont, y en un auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, entiende extensible al caso del ex presidente catalán la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a Bassa.

«La discrepancia de este instructor no se sitúa al margen de los principios constitucionales, sino en el mismo plano en el que cinco magistrados del Tribunal Constitucional han defendido la validez de la interpretación que los otros siete rechazan», indica Llarena en el auto. En el mismo, asegura que «no se invoca esa división como prueba del error de la mayoría ni para restar autoridad a la sentencia, sino porque refleja el verdadero alcance de la controversia».

«No se discutía cuál era la lectura que había de darse a la ley, sino si la interpretación del Tribunal Supremo podía ser descalificada como inadmisible o imprevisible», ha aclarado el instructor del procés.

Además, Llarena agrega que el hecho de que «casi la mitad del Tribunal Constitucional considere constitucionalmente admisible esa interpretación aconsejaba una mesura en los calificativos que no se advierte en la rotundidad de su censura». Por tanto, sostiene que, si bien «la mayoría resuelve la controversia y su decisión vincula», los adjetivos no convierten en indiscutible lo que ha fracturado» al Tribunal.

El auto señala que «reconocer quién tiene la última palabra no exige compartir que el problema solo admitiera una respuesta. Este instructor mantiene que la interpretación del Tribunal Supremo estaba jurídicamente fundada y no aprecia en ella la inadmisibilidad o imprevisibilidad que ha determinado su rechazo. En todo caso, esa convicción no autoriza a conservar sus efectos. La discrepancia queda expresada en este fundamento, pero la decisión que se adopta debe ajustarse íntegramente a la doctrina expresada ahora por el Tribunal Constitucional».