El juez y ahora ministro Campo desconoce la ley: las imágenes de Delcy deben guardarse con el caso abierto
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha considerado "extraña" la decisión de la juez de requerir a AENA que guarde las imágenes sobre la entrada de Delcy Rodríguez en Barajas
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha considerado «extraña» la decisión de la juez de requerir a AENA que guarde las imágenes del aeropuerto de Barajas sobre la entrada de la ex número dos de Nicolás Maduro, Delcy Rodríguez, y su acceso a la sala VIP, donde permaneció hasta que cogió un vuelo con destino a Doha.
La decisión, en cambio, se ajusta perfectamente a la ley. Es más, así lo exige la ley que regula el uso de las cámaras de videovigilancia, en el caso de que medien denuncias por supuestas infracciones y actos delictivos, como la juez apunta en su auto.
En el mismo, se apuntan a «indicios de delito», entendiendo que la entrada de Rodríguez en nuestro país pudo contravenir la decisión del Consejo de la Unión Europea que le prohíbe viajar a territorio de la Unión Europea, ya que es una de las dirigentes sancionadas de la dictadura venezolana. España, pues, tenía la obligación de impedir que la vicepresidenta de Venezuela entrase en territorio europeo o, en su caso, solicitar a la UE una excepción. Rodríguez está incluida en la lista de altos cargos de Maduro a los que Europa apunta como «responsables de violaciones o abuso graves de los derechos humanos» cuya «actuación, políticas o actividades menoscaben de otro modo la democracia o el Estado de Derecho en Venezuela».
«Tenemos un Estado en el que cualquier ciudadano puede poner una denuncia y que esa denuncia sea observada», observó el titular de Justicia, este miércoles. Sin embargo, aseveró también que «‘a priori’ suena un poco extraño la actuación» de la juez, si bien manifestó su «respeto absoluto» porque, dijo, si se pronunciase «sería un mal juez». Con esas declaraciones, en cambio, Campo cuestionaba ya la decisión de la juez, que admitió la denuncia presentada por el PP el mismo día.
La ley que regula el uso de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos establece que «las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de un mes desde su captación», pero marca una excepción: «Salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, con una investigación policial en curso o con un proceso judicial o administrativo abierto», lo que se ajustaría al caso una vez que la juez admitió la denuncia del PP. Este jueves se cumplían los 30 días de plazo para que las cintas pudieran haber sido borradas.
Expertos en Protección de Datos explican que el comportamiento de la juez tiene poco de «extraño», como le parece a Campo: «Es como si a mí me roban el bolso en el supermercado, pongo una denuncia y lo primero que hará la Justicia sería requerir las imágenes del centro».
Imágenes bloqueadas
Eso sí, esas imágenes quedarán bloqueadas y sólo serán visualizadas por el juez que, en su momento, habrá de determinar si continúa con el procedimiento. Si así ocurre, las partes también tendrán acceso, siempre y cuando el juez no decrete secreto. El ministro de Transportes, José Luis Ábalos, afirmó este miércoles estar «encantado» con la decisión de la juez de conservar los vídeos pero aseguró también que no se podrían ver por la Ley de Protección de Datos. «Se vería exactamente todo bien», insistió Ábalos. Evidentemente, ahora será el juez quien decida.
El artículo 8 de la ley de cámaras de videovigilancia establece además que «cualquier persona que por razón del ejercicio de sus funciones tenga acceso a las grabaciones deberá observar la debida reserva, confidencialidad y sigilo en relación con las mismas».
En el auto, por el momento, se muestra contundente, al ordenar conservar las imágenes grabadas por el circuito de videovigilancia del aeropuerto.
La presencia de Rodríguez consideró, puede ir «en contravención de la Decisión del Consejo de la Unión Europea 2017/2074», ya que es una de los veinticinco dirigentes de la República Bolivariana de Venezuela sancionadas, «incluyendo prohibición de viajar a territorio de la Unión Europea, lo que incluye los tránsitos o escalas en cualquier aeropuerto de la Unión Europea, con obligación de cualquier Estado miembro de adoptar las medidas necesarias para impedir que entren en su territorio o transite por él».
En el auto, la juez advertía de que la orden tenía que cumplirse «bajo apercibimiento expreso de incurrir en delito de desobediencia a la autoridad judicial».
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