El Gobierno dice que la ley para cambiar de sexo a los 12 años «contribuye al crecimiento económico»
Los jueces aprueban el informe que dice que la ley trans de Montero discrimina a las mujeres
El Consejo de Estado exigió a Irene Montero que limitase los cambios de sexo «por orden público»
Así es la nueva ley trans: permite el cambio de sexo desde los 14 años sin informes médicos
El Gobierno defiende que su polémica ley trans que permitirá realizar el cambio de sexo en el registro a partir de los 12 años tiene un «impacto económico positivo» y destaca que «la inclusión, tolerancia y diversidad de las sociedades contribuye positivamente en el crecimiento económico».
Así se recoge en la memoria del análisis de impacto normativo del proyecto legislativo, al que ha tenido acceso OKDIARIO. La iniciativa, que ha provocado desacuerdos en el seno del Ejecutivo y que suscita las críticas de los movimientos feministas, afronta este jueves un nuevo examen en el Congreso de los Diputados con la votación de las enmiendas a la totalidad registradas por PP y Vox.
En la memoria que acompaña su tramitación, el Gobierno se remite al informe Over the Rainbow? The Road to LGBTI Inclusion, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), según el cual, «la discriminación contra las personas LGTBI obstaculiza el desarrollo económico» y «repercute negativamente en la producción económica al excluir a las personas LGTBI con talento del mercado laboral y perjudicar su salud mental y física, y por ende su productividad».
Desde el Ejecutivo también enarbolan el estudio The relationship between LGBT inclusion and economic development, «elaborado por Badgett, Waaldijk and Rodgers en 2019, que analiza la relación entre el Índice Global de Reconocimiento Legal de la Orientación Homosexual (GILRHO) y el desarrollo económico en 132 países». Este informe recoge datos de hace 11 años.
«El GILRHO se basa en ocho categorías de derechos legales que incluyen la mayoría de los avances legales importantes que los países han adoptado para fortalecer los derechos de las personas LGBI» y concluye que «un punto adicional en la escala GILRHO está asociado con un aumento en el PIB real per cápita de aproximadamente 2.000 dólares».
Polémica
La ley, impulsada por Irene Montero, reconoce la «libre determinación de género» sin informes médicos ni tratamiento a partir de los 14 años y sin consentimiento de los padres ni limitación alguna a partir de los 16. Además, los menores de 12 años podrán cambiar de sexo en el registro.
La norma impulsada por Irene Montero establece, además, que, transcurridos «seis meses» desde la inscripción en el registro de un cambio de sexo, las personas podrán solicitar volver a la mención de sexo original. Para la primera rectificación bastará con ir al registro. La segunda o sucesivas tendrán que contar con aprobación judicial.
El Gobierno ha ignorado los informes críticos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado para seguir adelante con la tramitación. El CGPJ alertó de que la ley contiene disposiciones que van en contra del derecho fundamental a la igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución en la medida en que propician el «indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirecta de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales».
El Consejo de Estado, por su parte, se declaró contrario a que los menores de edad puedan cambiar de sexo en el registro sin contar con un informe judicial. Según este organismo, el cambio de sexo no se puede sostener «sobre la base de una decisión libérrima de la persona, no sujeta a condicionante alguno» y los menores deben someterse a la valoración de un juez, que compruebe su «madurez para comprender y evaluar las consecuencias de su decisión» y vele por «su interés superior».
El Consejo de Estado considera asimismo que teniendo en cuenta que «el cambio de sexo se halla afecto a los principios de orden público y de indisponibilidad» este proceso «debería estar sujeto a una serie de condicionantes que asegurasen cierta estabilidad en la definición de la identidad sexual de la persona».
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