El Gobierno choca con la ley al eximir a los inmigrantes del certificado de antecedentes para regularizarse
Se trata del punto más polémico del real decreto para la regularización de inmigrantes que prepara el Ejecutivo
La «declaración responsable» con la que los inmigrantes irregulares podrán acreditar la supuesta inexistencia de antecedentes penales choca con la ley. En concreto, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 69, establece que, al extender una «declaración responsable», el interesado deberá disponer «de la documentación que acredite» que cumple con los requisitos establecidos «para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio».
El borrador del real decreto de la regularización determina que si la persona extranjera «acreditase haber solicitado el certificado de antecedentes penales de las autoridades del país de origen o de aquel donde hubiera residido durante los últimos cinco años, y hubiera transcurrido un mes sin haberlo recibido, el Gobierno, previa solicitud al efecto, podrá recabar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondiente».
Si pasado otro mes el Ejecutivo no recibe dicha información, «la Administración comunicará esta circunstancia al interesado, que podrá presentar declaración responsable de inexistencia de antecedentes penales. En ese caso, se entenderá, a los efectos de esta disposición transitoria, que el interesado carece de antecedentes penales en los citados países».
El Gobierno concluye que «si posteriormente se recibiera la certificación de antecedentes penales y fuera positiva, se revisará de oficio la autorización que hubiera podido concederse».
El decreto no obliga, por tanto, a la persona extranjera a disponer de la documentación que acredite que carece de antecedentes penales a la hora de firmar la «declaración responsable». Así, la «declaración responsable» permitirá al inmigrante suplir esa falta de documentación.
El Partido Popular denuncia que «esta sustitución no sólo reduce las garantías de verificación efectiva, sino que además excede lo dispuesto en la ley, en la medida en que permite el reconocimiento provisional de un derecho sin que el interesado disponga de la documentación acreditativa exigida por la normativa vigente».
Además, añaden que «un reglamento no puede alterar el régimen jurídico establecido por norma con rango de ley en materia de declaración responsable».
La cuestión de los antecedentes penales es la más delicada del proceso de regularización que prepara el Gobierno, y que podrá beneficiar a más de un millón de inmigrantes, según las estimaciones de la Policía Nacional.
El decreto permitirá regularizar a inmigrantes aún inmersos en procesos judiciales y, por tanto, sin condena firme y que no hayan generado antecedentes.
Alerta de la Policía
La Comisaría General de Extranjería y Fronteras alerta en su informe de alegaciones al decreto -al que ha tenido acceso OKDIARIO- de las maniobras que podrían llevar a cabo los inmigrantes aprovechándose de diversas lagunas en el texto.
Así, por ejemplo, se advierte que «en la solicitud no quedaría reflejada la residencia previa en otros países si el ciudadano extranjero lo omite, por lo que de los antecedentes penales que pueda tener en los mismos no se va a tener constancia dado el elevado riesgo de que el extranjero obvie conscientemente tener que aportarlos».
Igualmente, se destaca que «en relación con los antecedentes penales en su país de origen se exime de presentar el certificado de antecedentes si acredita haberlo solicitado y no haberlo recibido, en cuyo caso la Administración procederá solicitarlo». «Con dicha previsión existe el riesgo de que el extranjero habiendo recibido un certificado desfavorable, niegue haberlo recibido, obligando a la Administración a realizar la solicitud. Solicitud esta última que, de ser infructuosa, pueda ser suplida por una declaración responsable».
«Esta última previsión no puede ser admitida bajo ningún concepto y contradice la salvaguarda de los intereses de la sociedad española que la exposición de motivos pretende garantizar», avisa la Policía, que observa también que en el texto del decreto «no se prevén las consecuencias que pudiera tener que la misma se termine por comprobar como falsa».
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