La Fiscalía pide reabrir la pieza murciana de Púnica por no incluir la acusación contra Pedro Antonio Sánchez
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado reabrir la instrucción de la pieza murciana de la trama Púnica para que se incluyan las acusaciones contra el expresidente popular de la región, Pedro Antonio Sánchez.
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, dictó el pasado 13 de julio un auto de incoación de procedimiento abreviado en el que no figuraban los indicios delictivos investigados al dirigente popular. Pedro Antonio Sánchez se vio obligado a dimitir como presidente de Murcia en septiembre del pasado año después de que el anterior instructor de la causa, el magistrado Eloy Velasco, solicitase al TSJ de Murcia que le imputara por su presunta implicación en la Púnica.
En el recurso presentado por la Fiscalía, al que ha tenido acceso OKDIARIO, se solicita al juez que «se integren entre los razonamientos jurídicos del auto los indicios criminales relacionados con el investigado Pedro Antonio Sánchez que si que están redactados en el hecho
segundo, y ello para que el enjuiciamiento de los hechos de la causa sea
conjunto».
El Ministerio Público recuerda que el TSJ de Murcia emitió al Juzgado Central de Instrucción nº 6 las diligencias contra el que fuera presidente y diputado de la Comunidad de la Región de Murcia «al haber perdido dicho investigado la condición de aforado ante dicha Sala».
Sánchez es investigado en la pieza 3 de la trama Púnica relacionada con «la realización de trabajos de reputación y limpieza de imagen a autoridades y cargos públicos en la Región de Murcia» por parte del experto informático, Alejandro de Pedro, y sus empresas Eico y Madiva.
La Fiscalía presentó en mayo de 2017 un escrito informando sobre la existencia de «conexiones inescindibles» entre la conducta del aforado Pedro Antonio Sánchez y la de otras personas citadas en la exposición
razonada, que permanecían bajo la competencia del Juzgado Central nº 6. Anticorrupción afirmaba entonces que por motivos de seguridad jurídica, «aconsejaban la unidad en la investigación y, en su caso, el enjuiciamiento, para evitar pronunciamientos contradictorios».
El Juzgado Central de Instrucción nº 6 tras recuperar la competencia para conocer de los hechos que afectan a la Región de Murcia, dictó auto acordando la incorporación a la pieza 3 de Murcia de las Diligencias recibidas del TSJ de Murcia. «El auto de incoación de procedimiento abreviado, que fija el objeto de debate en el juicio oral», añade la Fiscalía, «debe recoger dichos hechos y la participación de Pedro Antonio Sánchez».
«Valorando que el auto de Incoación de Procedimiento Abreviado», afirma Anticorrupción, «debe delimitar objetiva y subjetivamente los términos de la imputación, interesamos se deje sin efecto el auto de Incoación de Procedimiento Abreviado dictado el TSJ de Murcia y los escritos de acusación presentados en aquellas diligencias, hoy incorporadas a la pieza 3 de Murcia».
Por ello, la Fiscalía solicita que «se reforme el auto de 13 de julio de 2018, debiendo dictarse un nuevo auto de Incoación de Procedimiento Abreviado que recoja las actuaciones de la Consejería de Educación de Murcia y todos los partícipes, determinando todos los hechos punibles de dicha pieza 3 de Murcia, e identificando a todas las personas a las que se les imputan, con la finalidad de delimitar el objeto del proceso y las posibilidades de la ulterior acusación».
Segunda reapertura de la instrucción
Tal y como avanzaba este diario, la Sección Cuarta de la Sala Penal de la Audiencia Nacional ya decidió el pasado mes de abril reabrir la instrucción de la pieza de la trama Púnica en Murcia que afecta al citado Pedro Antonio Sánchez y a la senadora Pilar Barreiro por la supuesta contratación de servicios para mejorar su reputación en Internet.
La Sala Penal de la Audiencia admitía así el recurso de apelación presentado por el experto informático, Alejando de Pedro, asegurando que la respuesta obtenida al recurso presentado ante Velasco fue “genérica en cuanto que no entra a detallar cada petición, si bien, en algunos aspectos el juzgado ya se había pronunciado previamente”.
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