El Constitucional confirma que no suspende la prisión de Sànchez decidida por Llarena

Tribunal Constitucional
Sede del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional (TC) ha confirmado el rechazo de dos recursos, el de súplica y la petición que hizo Jordi Sànchez para que se suspendiera provisionalmente la orden de ingreso en prisión que dictó contra él la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

El alto tribunal adoptó esa decisión, referida a una medida cautelar y no al amparo que pidió Sànchez, el pasado 7 de marzo, y el afectado recurrió en súplica, recurso al que acaba de responder ahora el Constitucional.

Se da la circunstancia de que el Pleno del TC, por unanimidad, ha desestimado también el recurso de súplica presentado por el ex presidente de la ANC contra la decisión que adoptó este órgano el pasado 7 de marzo de marzo de denegar su excarcelación.

Sánchez había solicitado al Tribunal que suspendiera cautelarmente su situación de prisión provisional con el fin de poder asistir el pasado a la sesión en la que el Parlamento de Cataluña tenía previsto celebrar el debate sobre su investidura el pasado 9 de marzo.

El fallo ahora confirmado se refería al recurso de amparo que presentó Sànchez, número dos de JxCat, contra la orden prisión preventiva, al igual que Jordi Cuixart, dictada por la Audiencia Nacional.

El Constitucional admitió a trámite ambos recursos el pasado 5 de febrero. Esos dos recursos de amparo seguirán su curso al margen de la decisión de hoy y serán respondidos en sentencia futura.

De hecho, estos dos recursos de amparo, o la decisión de este jueves, no ponen sobre la mesa del TC la posibilidad de ordenar la libertad de los afectados, porque ahora están en prisión por orden del juez competente de la investigación del «procés» en el Supremo, Pablo Llarena.

Esa decisión ha vuelto a ser confirmada este jueves por la Sala del Supremo que revisa los recursos contra las decisiones del juez del caso abierto en ese tribunal, Pablo Llarena.

El TC no está revisando las decisiones del Supremo en los recursos a los que se refiere la decisión de hoy, sino de la Audiencia Nacional.

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