Atención trabajadores: el nuevo derecho laboral que permite faltar 4 días sin perder salario
La norma deja claro que este permiso es aplicable para familiares como personas convivientes
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Si tu hijo se despierta un día con fiebre, si tu padre se cae en casa por la mañana o tu pareja sufre un accidente y necesitas estar con él, no te preocupes por inventarte una excusa, pedir un favor o gastar días de vacaciones. Los trabajadores podrán acogerse a un permiso retribuido en la legislación española de cuatro días al año para urgencias de familiares imprevistas.
El empleado, según establece el artículo 37.9 del Estatuto de Trabajadores, «tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata».
Se trata de un permiso diseñado para situaciones inesperadas y/o urgentes y no para necesidades que se puedan planificar con antelación. Asimismo, la norma deja claro que este permiso es aplicable para familiares como personas convivientes. En caso, por ejemplo, de una hospitalización, habría que pedir un permiso de cinco días por hospitalización de familiar.
¿Cómo solicitarlo y en qué consiste este nuevo permiso para los trabajadores?
Este nuevo permiso no obliga a que sean jornadas completas. Puede adaptarse a las necesidades concretas de cada situación, aunque se señala que esas horas deben ser retribuidas en todo caso. Para poder determinar las condiciones, hay que remitirse a lo que establezcan los acuerdos colectivos o a los alcanzados entre empresa y representación legal de los trabajadores.
Posteriormente, es posible que se tenga que justificar la ausencia para los que se aceptan documentos médicos, justificantes hospitalarios u otras pruebas que acrediten la emergencia. La clave de este permiso es la necesidad real, urgente y/o imprevisible del trabajador, además de que la ausencia se tiene que prolongar lo estrictamente necesario. Si la situación deja de ser urgente, habría que recurrir a otros derechos y permisos recogidos en la normativa laboral.
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