Armengol se acoge al privilegio de declarar por escrito en el juicio de las mascarillas
Tanto ella como el ministro Torres justifican su petición en virtud del artículo 412.2º y 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, se ha acogido al privilegio de declarar por escrito en el juicio por la trama de las mascarillas del caso Koldo, sobre presuntos amaños en la adjudicación de contratos públicos para la compra de mascarillas en plena pandemia y que el próximo mes de abril sentará en el banquillo al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos, su ex asesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama.
Armengol adopta la misma estrategia que el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, quien el pasado viernes también pidió al Tribunal Supremo que le concediera declarar como testigo por escrito. Ambos responsables públicos justifican sus solicitudes en virtud del artículo 412.2º y 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
En su escrito, la tercera autoridad del Estado solicita al tribunal que se le remita el «oportuno pliego de preguntas», que será contestado por escrito y enviado al Supremo «en la forma legalmente prevista», una vez que la notificación recibida por el Alto Tribunal en la que la informa de su citación como testigo plantea la opción de declarar por escrito.
El artículo 412 de la LECrim regula qué personas están exentas de declarar de manera presencial y pueden en cambio informar por escrito, entre ellos los presidentes de comunidades autónomas. En la época de los hechos, Armengol era presidenta de Baleares.
Además, dicho artículo exime de este deber presencial a la persona que ostente la presidencia del Congreso.
Tanto ella como Torres han sido citados a declarar el próximo 22 de abril por la compra de mascarillas durante la pandemia a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama.
Por otra parte, la defensa del ex asesor Koldo García se ha opuesto a que las empresas públicas INECO y Tragsatec puedan emprender acciones como perjudicadas del delito de malversación, como pidió la Fiscalía.
Su letrada, Leticia de la Hoz, afirma que «resulta jurídicamente contradictorio ofrecer la acción penal a entidades que, por mandato legal, deberían estar sentadas en el banquillo debido a su responsabilidad penal por los hechos cometidos en su nombre o por su cuenta».
«No se puede ejercer la acción penal (como acusación o perjudicado) cuando la propia entidad debe ser sujeto de la acción penal por la falta de controles internos que permitieron la supuesta malversación y el supuesto tráfico de influencias», añade.
Antecedentes del caso
El caso Koldo estalló públicamente en febrero de 2024, cuando la Guardia Civil detuvo a varios empresarios y altos cargos en el marco de una investigación sobre presuntos pagos de comisiones ilegales a cambio de contratos públicos. La causa llegó al Supremo por la condición de aforado de Ábalos como ex diputado.
La trama gira en torno a la adjudicación de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, cuando Ábalos ostentaba la cartera de Transportes. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es el único de la banda del Peugeot que aún no ha pisado la cárcel. Sí el resto de compañeros con los que protagonizó la campaña de primarias socialistas de 2017 recorriendo España en un Peugeot, como son Ábalos, Koldo García y Santos Cerdán.
Ábalos y Koldo García entraron en prisión en noviembre de 2025, mientras que Cerdán fue puesto en libertad el pasado 19 de noviembre, tras pasar casi cinco meses interno, al entender el Supremo que está «seriamente mitigado» el riesgo de destrucción de pruebas, motivo por el que ordenó su ingreso en la cárcel de Soto del Real el 30 de junio.
Ábalos y Koldo se enfrentan a peticiones de pena de hasta 30 años de cárcel por la trama de las mascarillas. La magnitud de la petición convierte este proceso en uno de los más relevantes de la historia judicial reciente en España, no sólo por la gravedad de los hechos imputados, sino por la condición de quien los protagoniza: un ex secretario de Organización del PSOE y ex ministro durante una emergencia sanitaria global.
Ábalos está acusado de siete delitos por las acusaciones populares que lidera el PP: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación, uso de información privilegiada, prevaricación y falsedad en documento oficial, por los que piden 30 años de cárcel.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción reclama 24 años de cárcel para él por cinco delitos: organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Además, pide que se condene al que fuera secretario de Organización del PSOE a pagar una multa de 3,9 millones de euros.
Asimismo, solicita que Ábalos y Koldo indemnicen conjunta y solidariamente a Ineco con 34.477 euros y a Tragsatec con 9.500. Y que se acuerde el decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho, «por importe de, al menos, 430.298,4 euros».
Koldo García también está acusado de siete delitos por las acusaciones populares: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación, uso de información privilegiada, prevaricación y falsedad en documento oficial.
La Fiscalía pide 19 años y medio de cárcel para él por cinco delitos: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Y que se le imponga una multa de 3,9 millones de euros.
Además, el Supremo investiga al ex secretario de Organización del PSOE y ex número tres del PSOE, Santos Cerdán, por los delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
El juez considera que Cerdán «se encargaba de reclamar a las constructoras indebidamente favorecidas por las adjudicadas las cantidades adeudadas, las recaudaba y las hacia llegar después a los señores (José Luis) Ábalos y (Koldo) García».
El juicio comenzará el próximo 7 de abril y durará casi un mes. Está previsto que se prolongue hasta el día 30, con sesiones de mañana y tarde.
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