El Supremo tumba la maniobra de la Abogacía del Estado para blindar 5 ‘dedazos’ de Sánchez impugnados
El Alto Tribunal estudia un recurso contencioso de Fedeca contra 12 reales decretos de nombramientos
La Abogacía del Estado pedía inadmitir de plano 5 nombramientos pero el Supremo lo desestima
El Tribunal Supremo ha tumbado la maniobra de la Abogacía del Estado para blindar cinco nombramientos de altos cargos del Gobierno de PSOE y Sumar llevados a cabo por Pedro Sánchez y que han sido impugnados por Fedeca (la Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado). Tal como desvela OKDIARIO, el abogado del Estado, sin entrar a contestar al fondo de la demanda de anulación de los reales decreto, presentó una alegación previa, solicitando a la Sala que «declare parcialmente inadmisible este recurso en cuanto a las pretensiones» relativas a cinco altos cargos. Sin embargo, tras la fundamentación jurídica correspondiente, el magistrado Pablo Lucas –que ejerce de ponente– y otros cuatro magistrados desestiman esa alegación previa de la Abogacía del Estado.
Entre los 12 dedazos que se han impugnado, la Abogacía del Estado quería blindar, y por tanto dejar fuera del pleito, los del director general de Relaciones con las Cortes; la directora general de Planificación, Innovación y Gestión de la Formación Profesional; la directora general de la Economía Social y de la Responsabilidad Social; la directora general de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática; y el director general para la Igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+.
El abogado del Estado encargado del caso suscitaba en su alegación previa la falta de legitimación de la Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca) para parte de los reales decretos recurridos por la presunta falta de idoneidad porque «es una cuestión ajena a la promoción profesional de los funcionarios públicos del Subgrupo A1 y a los asociados o afiliados a la federación».
Por su parte, la organización de altos funcionarios recurrente señala que «no ha impugnado la falta de idoneidad de los nombrados, sino la falta de motivación de los actos impugnados». Entiende que la Abogacía del Estado incurre en «error de planteamiento». Además, recuerda sus estatutos y hace mención de sentencias de la misma Sala del Supremo en las que ha actuado como demandante y ha recurrido, no sólo la excepción a la exigencia de la condición de funcionario de carrera para desempeñar determinadas Direcciones Generales, sino, también, en ocasiones, los actos por falta de motivación. Remarca que le asiste el interés colectivo de la federación en defensa de la transparencia de la función pública para exigir que los nombramientos se motiven conforme a la Ley.
Falta de motivación
A mayor ahondamiento, Fedeca indica que no discute si los nombrados son o no idóneos, sino que sostiene que los funcionarios asociados a la Federación que pueden acceder a las Direcciones Generales cubiertas por los actos impugnados no pueden saber si los elegidos son o no idóneos porque el Consejo de Ministros no ha motivado los nombramientos.
Ante este panorama, el Supremo zanja: «Sin perjuicio de abordar con detenimiento la excepción planteada ahora por el abogado del Estado en la sentencia que en su día dictemos, resulta que la afectación o no por la actuación administrativa impugnada de un interés legítimo de la recurrente y de sus asociados está estrechamente relacionada con el fondo del litigio por lo que la Sala considera procedente no acoger la alegación previa y dejar la resolución sobre la falta de legitimación activa parcial que afirma de la recurrente la Abogacía del Estado en la sentencia que en su día dictemos, una vez que dispongamos de todos los elementos de juicio necesarios».
Como desveló OKDIARIO, el Tribunal Supremo investiga desde marzo una docena de reales decretos de Pedro Sánchez en los que nombró por dedazo a 12 directores generales en varios ministerios sin cumplir con la obligación de que sean funcionarios de carrera y, tal como denuncia una agrupación de administradores civiles del Estado, sin justificar las excepciones correctamente. La Sección Cuarta de la Sala Tercera del Alto Tribunal, especializada en estos asuntos contenciosos, admitió a trámite el recurso de Fedeca escasos meses después de anular una decena de designaciones similares del Gobierno de Pedro Sánchez y Yolanda Díaz.
Fedeca impugna los nombramientos que hizo el Ejecutivo de PSOE y Sumar entre diciembre de 2023 y enero de 2024. Previamente, Fedeca ya consiguió revocar los ascensos claves en el Instituto de Juventud (Injuve), la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad y la Dirección de Políticas Palanca de la Agenda 2030 –todos ellos en el ministerio que lideraba Pablo Iglesias–. Además, a instancias de otras entidades, el Supremo ha anulado otros nombramientos de Sánchez en el Consejo de Estado, en la Guardia Civil, en la Agencia de Protección de Datos y en el Consejo Superior de Deportes, así como varios nombramientos en la Fiscalía General del Estado a propuesta del fiscal designado por el Ejecutivo.
Las leyes en vigor y las sentencias del Supremo fijan que solamente cabe usar la figura de directores generales no funcionarios cuando las funciones encomendadas para estos altos cargos del Gobierno no puedan ser ejecutadas por personal funcionario de carrera. En todo caso, esas excepciones hay justificarlas al detalle por parte de la Administración. Fedeca razona que el Ejecutivo de Sánchez «no ha explicado en ningún caso las razones por las que un funcionario de carrera no puede realizar las funciones correspondientes».
Por su parte, el abogado del Estado argumenta que los puestos impugnados tienen una especificidad muy concreta. Asegura que en legislaturas anteriores determinados puestos también se han cubierto con personas ajenas al cuerpo funcionarial. Sin embargo, tratar las relaciones con el Congreso lo puede hacer un funcionario experto en la materia o, del mismo modo, expertos en educación, transporte o economía los hay por miles en las filas públicas.
Junto a los cargos citados que el Estado quería blindar, también se han recurrido directores generales de Sector Ferroviario, Transporte por Carretera, Estrategia Industrial, Salud Pública, Agenda 2030, Igualdad de Trato o el de la directora del Instituto de las Mujeres. Por tanto, el Supremo analiza un nombramiento en el Ministerio de Presidencia, dos en Transportes, uno en Educación, uno en Trabajo, uno en Industria, uno en Política Territorial y Memoria Democrática, uno en Sanidad, uno en Derechos Sociales y tres en Igualdad.
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