Jueces españoles llevarán a Luxemburgo de nuevo las hipotecas IRPH pese a la sentencia del Supremo
Aún falta la sentencia que aclare las diferencias entre un índice hipotecario que pudo carecer de transparencia pero no de abusividad. Los consumidores pueden seguir litigando, pero de forma individual. En cualquier caso, por el momento ya hay dos cuestiones prejudiciales de jueces españoles sobre este mismo tema.
El IRPH no es un índice abusivo y, por tanto, no es ilegal. Esta es la principal conclusión del avance de la sentencia que ha hecho este miércoles el Tribunal Supremo. De esta manera, el IRPH se establece como un caso bancario jurídico completamente distinto al de las cláusulas suelo, una cláusula contractual de las hipotecas de la mayoría de bancos españoles que la justicia europea sí declaró nula y, por tanto, ilegal.
Si después de aquella famosa sentencia de septiembre de 2016 donde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se establecieron todas las cláusulas suelo como ilegales de forma retroactiva, con el IRPH nada será igual.
El conocido como ‘índice de las cajas’, que durante años se comercializó con total naturalidad por parte de las entidades bancarias españolas con la bendición del Banco de España, ha podido adolecer de falta de transparencia -principalmente, porque no se daba a conocer a los firmantes con suficiente denuedo cuál era la evolución del IRPH, más caro que el Euríbor- pero en ningún caso se hizo una comercialización de mala fe, según se desprende del Alto Tribunal.
De esta manera, los bancos se libran de un riesgo que según Goldman Sachs podría ser de hasta 44.000 millones de euros pero que, según otras estimaciones, sería la mitad. Las asociaciones de consumidores y los despachos de abogados deberán de litigar uno a uno la devolución de los intereses pagados de más por el IRPH, sin que una sentencia del Supremo les de la batalla jurídica por ganada de antemano.
Dos jueces, al TJUE
Distintas fuentes consultadas de asociaciones de consumidores y bufetes de abogados destacan que ni mucho menos se ha puesto fin a la vía judicial dada la poca claridad que se espera de la sentencia del Supremo, y que además el tribunal de Luxemburgo tiene pendiente resolver sobre dos cuestiones prejudiciales que versan sobre la cuestión principal: si se reconoce la falta de transparencia en la comercialización, ¿cómo es posible declararla sin que haya abusividad?
Hay que tener en cuenta que actualmente ya hay dos jueces españoles que han elevado una cuestión judicial sobre este tema al TJUE. En 2018 fue la jueza Silvia Martínez Falero, del juzgado de primera instancia número 6 de Reus (Tarragona), quien planteó al TJUE ocho cuestiones de carácter técnico a la transparencia del índice.
Este mismo año, otro juez del juzgado de instrucción número 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, anunció que acudiría de nuevo a Luxemburgo para realizar una cuestión prejudicial sobre el IRPH. Bankia ha intentado recusar al juez para evitar que esta cuestión se produzca, según informó ‘Confilegal’, pero no lo ha conseguido, por lo que el camino está expedito ahora para que González de Audicana vuelva a preguntar al TJUE. Hay que tener en cuenta que este juez ya llevó el caso del IRPH a Europa y que considera que todas las hipotecas con índice IRPH son nulas, con lo que es normal que los bancos tiemblen ante la posibilidad de que vuelva a poner la pelota en el tejado del tribunal europeo.
«Habrá más»
Desde Navas & Cusí se considera que «a buen seguro cuando se conozca la sentencia del Supremo habrá muchos jueces que eleven una prejudicial preguntando cómo es posible declarar la falta de transparencia sin que eso sea causa de abusividad».
La presidenta de Asufin, Patricia Suárez, asegura a su vez que «es un índice a todas luces manipulable y seguiremos litigando en los tribunales nacionales y en Europa que tiene que resolver una cuestión prejudicial. No descartamos nuevas acciones ante el TJUE para defender los intereses de los afectados».
«Miles de asuntos se están dirimiendo en los tribunales, como recoge el mapa jurisprudencial que actualiza Asufin y que refleja la gran división entre juzgados. Asimismo, la asociación mantiene en distintas fases procesales hasta cinco sentencias colectivas contra Bankia, Caixabank, BBVA, Banco Sabadell y UCI, de las que las dos primeras están precisamente pendientes de admisión en el Supremo», asegura.
Por último, la asociación IRPH Stop Gipuzkoa, que fue la primera en iniciar litigios por el IRPH en juzgados de San Sebastián ya en 2013, ha dicho que «el Supremo ha perpetrado hoy su segundo intento de salvar a la banca en materia de IRPH. Igual que en la primera ocasión, hay un voto particular. En la sentencia de 2017 el voto particular era del magistrado Francisco Javier Orduña, y al mismo se adhirió el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas. Hoy Orduña ya está jubilado, así que Arroyo Fiestas se ha quedado solo».
Las distintas plataformas y bufetes coinciden en que hay que saber claramente cómo puede no ser abusivo un índice con falta de transparencia
Según dice, el propio juez Orduña ha dicho que «lo que resulta inviable es ‘desnaturalizar’ el control de transparencia con el artificio de argumentar que cabe la existencia de una falta de transparencia que, no obstante, no tenga trascendencia al no ser, a su vez, abusiva».
Y esto, aseguran, es lo que dice el Supremo. Una vez más, se trata de la misma discusión jurídica: si la falta de transparencia comporta necesariamente abusividad o no, algo que todavía tiene que establecerse. Mientras tanto, los bancos reciben un balón de oxígeno judicial, algo a lo que últimamente no estaban muy acostumbrados.
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