El SEPE confirma qué paro que van a cobrar los trabajadores que pierdan su trabajo en 2025
El SEPE se ha pronunciado sobre los requisitos para cobrar el paro en 2025
Hace unas semanas, el Ministerio de Trabajo y Economía Social anunció que en enero subió el paro en 38.725 personas hasta un total de 2,6 millones de personas. Muchas de ellas reciben la prestación contributiva por desempleo y, en caso de finalizar esta, otros subsidios que fueron modificados recientemente a través del Real Decreto-ley 2/2024. Vista la tendencia alcista, en los próximos meses nuevas personas pasarán a formar parte de las listas del paro y estos son los requisitos que establece el SEPE para poder recibir la prestación.
En España, todo trabajador tiene derecho a una pensión contributiva por desempleo después de sufrir un despido involuntario. El Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de los ciudadanos una prestación, el denominado paro de toda la vida, que tiene una duración máxima de dos años y cuya cuantía será en función de las bases de cotización previas a la Seguridad Social por contingencias comunes.
En este 2025, durante los primeros seis meses, el trabajador en cuestión recibirá el 70% de la base reguladora y, a partir del día 181 y hasta el final de la prestación, el beneficiario cobrará el 60%. Una vez finalizada y en caso de cumplir con los requisitos, cualquier ciudadano también puede solicitar los subsidios que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal, con el que se pretende ayudar a las personas que están en desempleo durante un periodo largo.
Los requisitos del SEPE para cobrar el paro
Los ciudadanos que quieran cobrar la prestación contributiva por desempleo tienen que cumplir unos requisitos que tienen que ver con la cotización. Por ello, para poder ser beneficiario del paro, hará falta haber trabajado y cotizado al desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o en el año en que se cesó la obligación de cotizar. Para poder acceder al paro también habrá que cumplir con los siguientes parámetros, como informa la página oficial del SEPE:
- Estar afiliada o afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada.
- Estar inscrito o inscrita y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
Las cuantías del paro
La duración de la prestación contributiva por desempleo será de un máximo de dos años y se tendrán en cuenta las cotizaciones por desempleo que el beneficiario haya realizado en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. El SEPE deja claro a través de su página web que, en el caso de los asalariados que tengan reducción de jornada, se contará como un día normal trabajado a efectos de la cotización para determinar la duración de la prestación.
Por lo que respecta a las cuantías, para calcular el montante total del paro que ofrece el SEPE, dependerá de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales durante los 180 últimos días cotizados. En 2025, las cuantías van de la mínima de 560 euros hasta los 1.575, según informa el Servicio Público de Empleo Estatal a través de su página web.
Por ejemplo, la cuantía mínima del paro para una persona sin hijos será de 560 euros, mientras que para los que tengan un hijo o más será de 749 euros. Por lo que respecta a la cuantía máxima, para una persona sin hijos será de 1.225 euros, con un hijo de 1.400 euros y con dos hijos o más será de 1.575. Hay que tener en cuenta que, para poder cobrar la máxima, el beneficiario tendrá que haber cotizado durante los últimos seis meses por la base máxima de 2.248,12 euros brutos al mes.
Cómo solicitar el paro del SEPE
Una cosa importante: a la hora de solicitar el paro del SEPE, el tiempo es oro y, con el objetivo de no perder el cobro del primer mes, hay que presentar la solicitud en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado. Se tendrán que presentar a través de estos canales:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones, pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono.
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
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