Las leyes españolas contra el blanqueo convierten en sospechosos a los inmigrantes
Mas papistas que el Papa. De esta forma podríamos definir lo que está ocurriendo en España en la lucha contra el blanqueo de capitales. Para evitar que se produzca este delito, la normativa española convierte en sospechoso a todo aquel que osa realizar una transferencia de dinero al extranjero aunque sea por pequeñas cantidades. Imagínense en un país como el nuestro en el que contamos con una abundante población inmigrante lo que puede llegar a suponer, que todos aquellos que están aquí con un trabajo legal deban sortear muchas trabas para mandar dinero a sus casas. Según denuncia el despacho Cremades & Calvo-Sotelo, la ley española es demasiado restrictiva y exige excesivos controles y documentación, lo que fuerza a muchos a optar por vías alternativas ante la dificultad de poder cumplimentar todos los formularios.
Tanto Antonio Selas, socio del mencionado bufete, como Enrique López, vicepresidente de la Asociación Española de Entidades de Pago, coinciden en afirmar que las autoridades españolas exigen a entidades de pago y clientes infinidad de documentos para demostrar que la operación de envío de remesas no está relacionada con un acto delictivo.
«Si una empleada del hogar hace un envío de 100 euros a su familia ya es sospechosa»
«Si una empleada del hogar hace un envío de 100 euros a su familia ya es sospechosa», denuncian las personas mencionadas recordando al mismo tiempo que no siempre se puede aportar la información requerida para hacer las transferencias. Por ejemplo, si debido a la crisis un emigrante quiere mandar de una tacada todo aquello que ha ahorrado (6.000 euros) no podría hacerlo si su nómina actual es mucho más baja. Algo que sucede cuando los emigrantes no consiguen trabajo y deciden regresar a su país de origen.
«Hay una exclusión financiera de gente que no puede aportar documentación sobre de donde procede el dinero obtenido de forma legal», dijo Selas y por tanto, las entidades de pago están obligadas a rechazar la operación.
En definitiva, se extiende la sombra de la sospecha a todo el mundo. Eso sin olvidar que todos estos pasos conllevan costes que deben asumir las entidades de pago mejorando los controles, la tecnología, los asesores y ralentizando el proceso que también repercute sobre los clientes, un colectivo al que le sobran las dificultades.
Además, se abre la puerta a los enfrentamientos entre las sociedades de gestión y los bancos, reacios a la competencia. Las entidades pueden cerrar las cuentas a estas empresas si se no se aporta la documentación que justifique que la operación es legal, pues los bancos pueden recibir sanciones si no hay control en todas las operaciones de pago.
Esto que les contamos es tan cierto que una reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo acaba de sacar los colores a las autoridades españolas. Según el TJUE, lo que hace España es generalizar las dudas sobre actividades delictivas y exigir un control con tanta documentación a todas las operaciones de transferencia que es contrario al derecho comunitario. Según el Tribunal con sede en Luxemburgo España no respeta el principio de proporcionalidad y extiende la sospecha a todos los ciudadanos.
Incluso en aquellas operaciones que objetivamente no suponen ningún riesgo delictivo.
Esta sentencia trata de solucionar una cuestión enviada por una empresa especializada en este tipo de envíos que denunciaba cómo los bancos cancelaban o negaban la apertura de cuentas por parte de este tipo de empresas que gestionan transferencias. Las entidades se amparaban en las exigencias de documentación de la ley española para demostrar que la operación no responde a actividades delictivas.
Por último, el tribunal entiende que las normas españolas, al implicar costes y dificultades adicionales para la prestación de estos servicios, son tan complejas que disuaden a muchas empresas lo que impacta directamente sobre la competitividad en este sector.
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