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Dos años de retraso: la norma de Bruselas con el IVA a los autónomos que España aún no cumple

El plazo para transponer esta medida finalizó el 31 de diciembre de 2024, pero el gobierno de Sánchez no la aplicó

España vuelve a estar en el foco de Europa. Esta vez es por una medida que busca aliviar la carga de peso mensual que tienen los autónomos, pero que todavía no se aplica en el país. Es una directiva de Bruselas que permitiría a los autónomos no pagar IVA en determinadas condiciones, algo que lleva dos años de retraso.

El plazo para transponer esta medida finalizó el 31 de diciembre de 2024, pero el gobierno de Sánchez no la aplicó. España tiene uno de los sistemas más exigentes para los autónomos dentro de Europa, ya que las cuotas a la Seguridad Social oscilan actualmente entre unos 225 y 590 euros mensuales, en función de los ingresos.

A esto hay que sumar el IVA, ya que los autónomos deben añadir este impuesto —normalmente del 21%— en sus facturas y liquidarlo trimestralmente ante la Agencia Tributaria. Este procedimiento también obliga al cumplimiento de la presentación del modelo 303 y el resumen anual, lo que supone una carga administrativa significativa, muy especialmente para los negocios pequeños.

La UE confirma el palo a España y los autónomos lo celebran adiós a pagar el IVA con la nueva norma

Nueva situación para los autónomos desde Bruselas

Ante esto, la directiva impulsada por la Comisión Europea decidió plantear la adaptación de la Directiva 2020/285. Se trata de una norma que introduce un régimen simplificado de IVA para pequeños autónomos y negocios, que les permitía quedar exentos de repercutir este impuesto en sus facturas, así como de presentar las declaraciones periódicas.

El umbral marcado por la UE es de 85.000 euros anuales, aunque deja margen a los Estados miembros para establecer límites inferiores. Con este ajuste de Bruselas, los autónomos podrían ofrecer precios más ajustados, lo que podría incentivar la actividad económica en determinados sectores. No obstante, esto también presenta contrapartidas, ya que los que se acojan a este sistema no podrán deducirse el IVA soportado en sus gastos e inversiones, lo que obligará a analizar cada caso.