Confirmado por la Seguridad Social: el límite de días que puedes estar de baja
Todo lo que debes saber sobre la incapacidad temporal o baja laboral
La Seguridad Social ofrece una cobertura especial para los trabajadores que no puedan acudir a su puesto de trabajo por enfermedad o accidente. Con la incapacidad temporal, que es como se denomina a la baja laboral de toda la vida, desde la Administración intentan compensar económicamente al trabajador por no poder acudir a su puesto de trabajo. Esta baja que ofrece la Seguridad Social tiene unos límites y condiciones para que nadie intenta aprovecharse del sistema.
La página oficial de la Seguridad Social define la prestación por incapacidad temporal como: «Un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional». También cubrirá a las mujeres que puedan estar en una situación de menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo, voluntaria o no o gestación desde el día primero de la semana trigésima novena.
De esta forma, sólo podrán beneficiarse de una prestación por incapacidad temporal los trabajadores incluidos en el régimen de la Seguridad Social que cumplan con todos los requisitos. Por ejemplo, en caso de enfermedad común tendrán que haber cotizado 180 días en el último lustro mientras que en el caso que la baja se deba por un accidente, enfermedad profesional, menstruación incapacitante secundaria o interrupción del embarazo no será necesario cotizaciones previas.
El tiempo de baja según la Seguridad Social
Una de las grandes cuestiones sobre la prestación de incapacidad temporal tiene que ver con el tiempo en el que un trabajador puede estar de baja en una empresa. El tiempo máximo que una persona puede estar de baja recibiendo un ingreso mensual del Estado es de 365 días pero se pueden prorrogar otros 180 si durante el transcurso de la misma se prevé una curación. En caso de periodos de observación de enfermedad profesional el tiempo de baja es de 180 días prorrogables por otros 180.
Otro dato importante con respecto a la baja laboral tiene que ver con la cuantía, ya que el trabajador no percibirá el 100% de su sueldo íntegro mientras está de baja. En caso de enfermedad común y accidente no laboral se cobrará el 60% de la base reguladora desde el cuarto día al vigésimo y a partir de ahí el 75% hasta que finalice el periodo de baja del trabajador en cuestión.
En caso de que la baja laboral se produzca por enfermedad profesional o accidente de trabajo el sueldo durante toda la incapacidad temporal será del 75% de la base reguladora. En el caso de baja por menstruación incapacitante secundaria la cuantía será del 60% de la base reguladora hasta el día 20 y a partir del 21 del 75%.
Por lo que respecta al pago de estos salarios, según confirma la Seguridad Social, «en general, el pago lo efectúa la empresa como pago delegado con la misma periodicidad que los salarios» mientras que en casos de enfermedad común o accidente laboral «el pago entre el 4º y el 15º día de la baja corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de pago será del INSS o de la mutua».
Récord de bajas laborales en España
Seguro que en tu trabajo conoces a alguna personas que se ha cogido una baja laboral durante varios meses llegando incluso al año. La solicitud de la prestación por incapacidad temporal han aumentado considerablemente en los últimos tiempos y los números están ahí: en 2023 hubo cifras récord de bajas laborales en nuestro país. Durante todo el año se registraron 450 bajas por cada mil trabajadores.
Según un estudio realizado por el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), en España se perdieron más de 396 millones de jornadas laborales, como consecuencia de los procesos de incapacidad temporal (IT), una cifra que supone elevar en un 62% las jornadas perdidas en 2018. Siempre según este informe, en el caso de las bajas laborales por contingencias comunes gestionadas por las mutuas, la incidencia anual se situó en 409 nuevos bajas por cada mil trabajadores, lo que supuso un incremento del 67% respecto a 2013.
«En cuanto al colectivo de trabajadores que sufre una contingencia profesional (enfermedad profesional o accidente de trabajo), es decir, una baja producida en el desempeño de su actividad laboral, la incidencia es más moderada, con 41,6 nuevos procesos por cada mil trabajadores en el caso de las mutuas», apuntó este estudio.
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