Cómo pedirle a la Seguridad Social la ayuda de 1.000 euros que te va a solucionar el mes de diciembre
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La Seguridad Social brinda apoyo económico a las familias más desfavorecidas, y en esta ocasión, ofrece un pago único de 1.000 euros a aquellos que cumplan con ciertos requisitos, uno de los cuales implica no superar un límite de ingresos específico. Si una persona supera este límite pero sigue estando por debajo de dicho límite más la prestación, recibirá la diferencia correspondiente.
La ayuda de 1.000 euros de la Seguridad Social
La «prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad» es una «prestación familiar no contributiva de pago único, que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo producido, a partir del 16-11-2017, en una familia numerosa, monoparental o cuando la madre o padre presenta una discapacidad igual o superior al 65%», según detalla el organismo en su web.
Beneficiarios
Los padres o adoptantes que cumplen con los requisitos establecidos pueden ser beneficiarios de ayudas por el nacimiento o adopción de un hijo en casos de familias numerosas, monoparentales, y en situaciones donde la madre o el padre posean una discapacidad del 65 por ciento o más.
Si ambos progenitores o adoptantes conviven, cualquiera de ellos puede ser beneficiario si así lo acuerdan; en caso de falta de acuerdo, la madre será la beneficiaria. En ausencia de convivencia, el beneficiario será aquel que tenga la guarda y custodia de los hijos.
En situaciones en las que los hijos queden huérfanos de ambos padres o adoptantes, o se encuentren en situación de abandono, la persona legalmente responsable de su cuidado será la beneficiaria de dichas ayudas.
Cabe señalar que el momento del nacimiento con vida, según el artículo 30 del Código Civil, se considera el punto en el que se adquiere la personalidad. Esto ocurre una vez que se produce el desprendimiento completo del seno materno.
Requisitos
Los límites de ingresos anuales establecidos por la Seguridad Social varían dependiendo del número de hijos a cargo. Para una persona con un hijo a cargo, el límite de ingresos es de 15.011,00 euros anuales. Este límite aumenta progresivamente con el número de hijos a cargo: para dos hijos, asciende a 17.112,65 euros; para tres hijos, a 19.214,30 euros; para cuatro hijos, a 21.315,95 euros; para cinco hijos, a 23.417,60 euros; para seis hijos, a 25.519,25 euros; para siete hijos, a 27.620,90 euros; para ocho hijos, a 29.722,55 euros; para nueve hijos, a 31.824,20 euros; y para diez hijos, a 33.925,85 euros.
Cuantía
La ayuda se entrega en un único pago de 1.000 euros si los ingresos no superan los límites establecidos. En caso de superar estos límites pero permanecer por debajo de la suma del límite y el importe de la prestación, la cantidad a pagar será equivalente a la diferencia entre los ingresos percibidos y la suma mencionada previamente.
Solicitud
Para llevar a cabo el trámite, simplemente accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social utilizando tu Cl@ve permanente o tu certificado digital. Rellena y envía la documentación necesaria a través de este portal. Alternativamente, tienes la opción de dirigirte a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para realizar el trámite en persona.
Incompatibilidades
Las condiciones para recibir la prestación se aplican de manera exclusiva a uno de los progenitores o adoptantes cuando ambos cumplen los requisitos necesarios. La percepción de esta prestación es incompatible con la recepción de cualquier otra ayuda similar establecida en otros regímenes públicos de protección social como MUFACE, ISFAS, MUGEJU, entre otros.
En situaciones donde los beneficiarios puedan optar por recibir la misma prestación de un mismo sujeto causante en varios regímenes públicos de protección social, deben seleccionar un único régimen para recibir dicha ayuda.
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