Cambio importantísimo en los seguros para perros: te afecta y tienes que saberlo
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¿Cuándo deben hacer el curso obligatorio los dueños de perros como marca la Ley de Bienestar Animal?
Los perros son la mascota con mayor presencia en los hogares, junto con los gatos, ambos más parte de la familia que simples mascotas con las que pasar el rato, por lo que todo lo que los rodea cobra cada día más importancia, en muchos sentidos. Te contamos cuál es el importantísimo cambio en los seguros para perros que debes conocer inmediatamente si tienes uno para no tener problemas… ¡toma nota!
Seguros para perros: lo que debes saber
El pasado 29 de septiembre entró en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal, una nueva norma que afecta directamente a los dueños de animales de compañía y que incluye medidas que tienen que ver con los seguros para perros obligatorios, y también con los límites establecidos a la hora de dejar a las mascotas solas en el hogar, entre otros.
Esta nueva ley ha generado dudas especialmente entre los dueños de los perros, como por ejemplo con el curso obligatorio que deben realizar o el seguro de responsabilidad civil que hay que contratar. Esta ley indica la obligatoriedad de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para quienes tengan perros, tanto si son personas físicas como jurídicas, tal y como figura en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Es importante destacar que se establece que «Si bien, en puridad de términos jurídicos, no resulta efectivamente aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto, de conformidad con lo dispuesto en el mismo», lo que significa que hasta que no se regule la norma al completo no será de aplicación. Además, habrá que acogerse también a las normativas autonómicas y locales que en algunos casos ya establecen la obligatoriedad de estos seguros para perros.
En lo que a perros potencialmente peligrosos (Pit Bull Terrier, Staffordshire Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino o Fila Brasileiro, entre otros, existe una normativa específica en el Real Decreto 28/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. En esta normativa se obliga a que la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil sobre el perro sea de una cantidad mínima de 120.000 euros.
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