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Economía
Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Adiós al impuesto de sucesiones: se confirma que los herederos no tendrán que pagarlo si viven en estas comunidades autónomas

Descubre las diferencias entre cada comunidad autónoma y cuándo se está exento en cada caso

Los expertos en herencias lo confirman: se puede evitar el impuesto de sucesiones si se incluye esta cláusula en el testamento

Cuando una persona se convierte en beneficiaria de una herencia, tiene dos opciones: aceptarla o rechazarla. En el segundo caso, la razón en la mayoría de las situaciones reside en no poder pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Otra situación común para renunciar a un legado recae en la existencia de deudas.

El banco BBVA establece en su página web que «el Impuesto de Sucesiones es sencillo, al menos en la teoría. Se produce cuando hay una transmisión de bienes y/o derechos de una persona física a otra, en este caso ‘mortis causa’ (por causa de muerte) y a título gratuito». En otras palabras, lo que se conoce como una herencia. Pero el banco puntualiza: «Cualquier ciudadano también está obligado a pagar un impuesto cuando existe una donación inter vivos (entre personas vivas)».

Quién puede ser heredero

Los beneficiarios de una herencia, sea quien sea, están obligados a pagar el impuesto. «Si hay testamento, es en este documento legal donde se determina la distribución de la herencia. Si no lo hay, se repartirá teniendo en cuenta un orden de sucesión: hijos y descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos y otros parientes», apunta el BBVA. En caso de no haber heredero o alguien que reclame la herencia, esta pasa al Estado.

Los grupos de parentesco se dividen de la siguiente manera:

Cabe señalar que cada comunidad autónoma puede establecer y modificar cada impuesto. Por ejemplo, en Madrid, Galicia o Canarias, por citar algunas, los herederos del primer grupo pagan cuantías muy bajas o simbólicas. En Navarra, por ejemplo, los cónyuges se benefician de un 0% de reducción si lo heredado es inferior a 250.000 euros. En el País Vasco, descendientes, ascendientes, cónyuges o parejas de hecho están exentos de pagar si el montante heredado no supera los 400.000 euros.

En qué comunidades queda exento el ISD

El Impuesto de Sucesiones se tributa en la comunidad autónoma donde vivía el difunto, independientemente de dónde se ubiquen sus bienes. El Impuesto de Donaciones se paga en el lugar de residencia del receptor de la herencia, o en caso de haber bienes inmuebles, en el lugar donde estén ubicados. En La Rioja, Galicia y País Vasco, los herederos quedan exentos. Comprueba cómo es el sistema por comunidad autónoma.