Nueva condena a Tebas por denunciar a OKDIARIO: sí suplicó al Gobierno para legalizar su ‘Gran Hermano’
Nueva derrota judicial del presidente de La Liga: condenado al pago de costas procesales
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una nueva derrota judicial de Javier Tebas, presidente de La Liga, al desestimar el recurso que había interpuesto contra una sentencia que rechazaba su demanda de rectificación contra OKDIARIO.
El tribunal ratifica que este medio informó correctamente cuando publicó que Tebas había solicitado ayuda al Gobierno de Pedro Sánchez para modificar la legislación y poder implantar sistemas biométricos en los estadios tras ser declarados ilegales por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
El conflicto judicial se remonta a marzo de 2022, cuando OKDIARIO publicó un artículo titulado Tebas suplica ayuda al Gobierno para legalizar su Gran Hermano en los estadios. La información revelaba que el presidente de La Liga había pedido al secretario de Estado para el Deporte que modificara la Ley contra la Violencia en el Deporte para permitir el uso de huellas dactilares en el acceso a los estadios.
La noticia explicaba que «Protección de Datos declarara que los sistemas biométricos para autorizar las entradas de aficionados a los estadios, como la huella dactilar, son ilegales», por lo que Tebas «ha optado por tirar por el camino de en medio y ha solicitado ayuda al Gobierno español para salirse por la suya».
El artículo de OKDIARIO situaba el origen de la controversia en las protestas de La hinchada del Arlanzón, un grupo de aficionados del Burgos CF que se rebeló «contra la obligatoriedad de registrar sus huellas dactilares para acceder a los partidos en el Estadio Municipal El Plantío». Según la información, este grupo «recibió una respuesta positiva de Protección de Datos: su tesis era acertada y tenían una base legal para defenderla».
Tebas había pretendido rectificar este punto de la noticia, alegando que no fue la hinchada quien formuló la consulta, sino la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte (CEVRXID). Sin embargo, la Audiencia Provincial considera que «el artículo no necesita de versiones distintas ni rectificación alguna en el sentido solicitado».
Un sistema ilegal
La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, con ponencia de la magistrada María Teresa Santos, ha sido contundente en su decisión. El tribunal establece que «la implantación de los controles biométricos en la fecha exacta en que efectivamente se implantaron no estaban amparados por norma con rango de ley alguna, según certificó la propia AEPD en su público informe, en consecuencia, eran del todo ilegales».
La sentencia rechaza punto por punto los argumentos de Tebas y confirma que la información publicada por OKDIARIO era correcta. Los magistrados consideran que «no es error el señalar que era ilegal, máxime cuando después se describe la actuación dirigida a autorizar».
Batalla recurrente
Este no es el primer revés judicial de Tebas en su cruzada contra los medios que critican su gestión. El presidente de La Liga ha mantenido una pugna constante con diversos medios de comunicación que son críticos con su gestión de la competición futbolera doméstica.
La batalla judicial se ha caracterizado por lo que la propia sentencia describe como «animadversión entre las partes», evidenciando la persistente tensión entre el dirigente futbolístico y ciertos medios críticos con su gestión.
El artículo original de OKDIARIO también recordaba que no era la primera vez que alguien le paraba los pies a Tebas por su afición a invadir la privacidad de los aficionados, ya que el año pasado la Audiencia Nacional confirmó una sanción de 250.000 euros a la Liga por utilizar sin consentimiento los micrófonos de los teléfonos que tenían instalada la aplicación oficial de la competición.
La información advertía además sobre las consecuencias económicas que podrían derivarse de la implementación ilegal de estos sistemas: «La recogida de datos en forma engañosa o fraudulenta es una infracción muy grave, según la Ley de Protección de Datos (LOPD), que tipifica multas desde 300.000 euros hasta 20 millones de euros».
Costas y recursos
La sentencia condena a pagar las costas procesales a Tebas y La Liga, al ser desestimado el recurso. Se trata de un nuevo agravio económico adicional a la derrota judicial.
La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de veinte días, aunque las posibilidades de éxito parecen limitados, dados los fundamentos jurídicos empleados por la Audiencia Provincial.
Esta nueva derrota judicial consolida el cuestionamiento desde los tribunales de los métodos de control implementados por Tebas en el fútbol español, tanto en los estadios como en las redacciones.
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