Lío con la final de Copa del Rey: un juez ordena a la RFEF suspender el concurso de adjudicación y admitir a Mediapro
El Juzgado Mercantil nº 12 de Madrid ha ordenado a la Real Federación Española de Fútbol suspender el concurso de adjudicación de derechos audiovisuales de la final de la Copa del Rey y admitir a Mediapro entre las ofertas a considerar para dicha adjudicación
El Juzgado Mercantil nº 12 de Madrid ha ordenado a la Real Federación Española de Fútbol suspender el concurso de adjudicación de derechos audiovisuales de la final de la Copa del Rey del próximo 25 de mayo y admitir a Mediapro entre las ofertas a considerar para dicha adjudicación.
Así lo ha determinado el juzgado que ha fallado a favor de las medidas cautelares solicitadas por Mediapro ante su exclusión del concurso de adjudicación de los derechos audiovisuales de la final de la Copa del Rey, que disputarán el FC Barcelona y el Valencia CF en el Villamarín.
El pasado 10 de mayo la RFEF anunció que Radiotelevisión Española (RTVE) ofrecería el encuentro. «Tras la segunda ronda de propuestas para hacerse con los derechos de retransmisión televisiva en España en la que participaron Mediaset y RTVE, la cadena pública se ha hecho con los derechos de retransmisión televisiva de la final de Copa», explicó.
Sin embargo, en el auto con fecha 20 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez ordena ahora a la institución deportiva incluir a la compañía de Jaume Roures entre las ofertas a considerar, retrotraer las actuaciones «al momento inmediatamente anterior al acuerdo» adoptado por la Federación y que supuso la exclusión de la oferta realizada por Mediapro.
El Juez ordena admitir a Mediapro
Asimismo, el auto del juez ordena a la RFEF que, después de incluir a Mediapro en el concurso, «tramite de nuevo la adjudicación de los derechos televisivos conforme al procedimiento previsto».
Según el juzgado, la decisión de incluir una nueva cláusula que provocaba la exclusión de Mediapro produce un abuso de posición dominante que conlleva la discriminación de los licitadores, «una cláusula tan desproporcionada con los criterios de la LSCP de manera unilateral, sin tiempo de respuesta» provoca que el pliego de contratación «produzca una exclusión e inclusión ‘dirigida’ ya que los postores suelen ser siempre los mismos, y en número reducido, produciéndose un abuso flagrante de la posición de dominio que ostenta la RFEF en la oferta de los derechos de televisión».
El auto considera «premura inusual impropia de un evento» como la final de la Copa del Rey los plazos establecidos por la RFEF para la adjudicación de los derechos de un partido que está previsto que se celebre el próximo sábado 25 de mayo.
Por su parte, Mediapro ha explicado que se trata de la primera decisión judicial en el contencioso que ha iniciado contra las decisiones de la RFEF y las declaraciones de su presidente, «encaminadas a difamar y perjudicar al Grupo audiovisual español».
«La contundencia de la decisión del juzgado mercantil Nº 12 viene a avalar lo mantenido hasta ahora por Mediapro: su plena capacitación para participar en concursos de adjudicación de contratos por parte de la RFEF o cualquier otro organismo deportivo», ha defendido la compañía, que ha añadido que aplicará los mismos criterios de defensa jurídica para «impedir que la RFEF incumpla otra vez la legalidad en el pretendido concurso por el VAR».
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