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Soy abogado y éste es el truco definitivo para no temer a los okupas y dormir tranquilo

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En 2023, las okupaciones de viviendas cayeron un 8,8% respecto al año anterior, registrándose 15.289 delitos relacionados con la usurpación o allanamiento de inmuebles, según el Ministerio del Interior. Cataluña lidera las cifras con 6.258 okupaciones, seguida de Andalucía (2.331), la Comunidad Valenciana (1.640) y Madrid (1.516). Las regiones con menos casos son La Rioja (52), Cantabria (76) y Asturias (88). Sin embargo, siete comunidades autónomas, entre ellas Asturias y La Rioja, experimentaron aumentos significativos en estos delitos.

Pese a la disminución generalizada, los datos de la Fiscalía General del Estado revelan que sólo el 0,16% de los delitos relacionados con okupación corresponden a allanamientos de morada, con 96 procedimientos abiertos en 2023. En contraste, se registraron 8.868 casos de usurpación. La diferencia radica en que el allanamiento afecta a viviendas habituales, mientras que la usurpación implica inmuebles vacíos, como los de entidades bancarias. Las comunidades que más redujeron sus cifras fueron Murcia (-31,4%), Navarra (-26,1%) y la Comunidad Valenciana (-19%).

El truco definitivo para evitar que entren okupas en casa

La tendencia al alza en los casos de okupación de viviendas en algunas regiones de España está impulsada por diversos factores, según señalan los expertos. Entre ellos destaca el mal funcionamiento de la Administración de Justicia, debido en gran medida a la falta de medios. Este problema ralentiza los procesos judiciales, dificultando la resolución de los casos de okupación.

Además, la Ley de Vivienda, que entró en vigor en mayo de 2023, ha introducido modificaciones que han complicado aún más los procedimientos judiciales relacionados con la recuperación de inmuebles. Uno de los cambios más importantes que ha traído esta normativa es la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que alarga considerablemente los plazos para que los propietarios puedan recuperar sus viviendas.

En este contexto, los propietarios afectados se enfrentan a una situación de incertidumbre y vulnerabilidad. La Ley de Vivienda ha sido objeto de debate, ya que algunos consideran que, aunque pretende proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, también facilita indirectamente que los okupas se amparen en vacíos legales para permanecer en inmuebles ajenos. Este panorama ha generado una sensación de inseguridad entre muchos propietarios, especialmente en las zonas más afectadas por este fenómeno, como Cataluña y otras comunidades autónomas.

Por otro lado, los expertos coinciden en que para solucionar este problema es necesario realizar cambios normativos. Proponen agilizar los procesos judiciales relacionados con la okupación, dotando de más recursos a la Administración de Justicia y ajustando las leyes para que los propietarios puedan recuperar sus viviendas en plazos más cortos.

Usurpación y allanamiento de morada

Un aspecto fundamental es la diferencia entre los delitos de usurpación y allanamiento de morada. El allanamiento implica la ocupación de una vivienda habitual, ya sea la primera o segunda residencia de una persona, lo que suele ser considerado un delito más grave.

Por su parte, la usurpación afecta a inmuebles deshabitados o vacíos, muchas veces propiedad de bancos o grandes tenedores, y representa la mayor parte de los casos de okupación en España. Las diferencias legales entre ambos conceptos influyen en la rapidez y la efectividad con la que las autoridades pueden actuar para desalojar a los okupas.

Seguros antiokupas

Los okupas aprovechan vacíos legales para tomar posesión de propiedades, lo que ha dado lugar a negocios que se lucran de esta situación, como las empresas de desokupación y las aseguradoras con seguros antiokupas. Sin embargo, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) alerta sobre la publicidad confusa de estos seguros, que puede engañar a los consumidores al solapar coberturas con seguros tradicionales y crear falsas expectativas en cuanto a la protección legal.

Es fundamental entender la diferencia entre allanamiento de morada, que implica la ocupación de viviendas habitadas, y usurpación, que ocurre en viviendas deshabitadas, como las de bancos o fondos de inversión. Los tribunales han aclarado que se considera «morada» no sólo el interior de una vivienda, sino también anexos, caravanas, habitaciones de hotel y tiendas de campaña. Por lo tanto, las empresas de seguros tienen que ser claras al ofrecer productos específicos y evitar el uso de términos que generen confusión en los propietarios que buscan proteger sus viviendas frente a la okupación.

Consejos de la Policía Nacional

La okupación de viviendas en España perjudica a numerosos propietarios, y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda no tomar medidas por cuenta propia. En su lugar, sugiere presentar una denuncia a la Policía y notificar el incidente a la aseguradora correspondiente. También aconseja recurrir a empresas especializadas en desokupación para facilitar una resolución rápida del conflicto.

La Policía, para prevenir la okupación, recomienda varias medidas preventivas. Es esencial cerrar siempre las puertas con llave, evitar publicar en redes sociales las fechas de ausencia, e instalar sistemas de seguridad como puertas reforzadas, rejas y alarmas. Además, intercambiar contactos con vecinos, pedir a alguien de confianza que recoja el correo y mantener una apariencia de ocupación mediante plantas en ventanas o balcones también contribuye a disuadir a los okupas.