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Cuidado con lo que compras en AliExpress: la multa de 800 € que te puede llegar y arruinarte el día

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El auge de plataformas como AliExpress ha transformado drásticamente los hábitos de consumo a nivel global, incluido España. Con el crecimiento del comercio electrónico, millones de consumidores acceden a estos sitios en busca de ropa, accesorios, dispositivos electrónicos y artículos para el hogar. Sin embargo, la falta de conocimiento sobre las normativas legales en el país de compra puede dar lugar a una cuantiosa multa por comprar determinados productos en Aliexpress.

Este tipo de plataformas implementan estrategias de precios muy competitivas, razón por la cual han ganado una gran popularidad en los últimos años. No obstante, las compras en estas tiendas conllevan algunos riesgos. Las normativas locales son diversas y a menudo desconocidas para los consumidores. Un caso notable es el de Víctor, un comprador de AliExpress que recibió una multa de 800 euros por adquirir una navaja automática, considerada un «arma prohibida» en España.

Multa de 800 euros por comprar esto en AliExpress

Un usuario de AliExpress ha compartido su experiencia en Forocoches, donde cuenta cómo su falta de conocimiento sobre la prohibición de navajas automáticas en España le ha costado una multa de 800 euros. A pesar de considerarla una herramienta inofensiva, este tipo de navajas son ilegales desde 1993.

Al tratarse de un envío internacional, el paquete fue interceptado por la Vigilancia Aduanera, que aplicó la multa correspondiente al destinatario, quien había adquirido el artículo por apenas 20 euros. El afectado, un coleccionista de armas, ya tenía otros artículos como un fusil de airsoft y un cuchillo nepalí, pero no sabía que la navaja que compró estaba prohibida. Un año más tarde, recibió una carta certificada de la Guardia Civil informándole sobre la sanción.

El artículo 4 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, establece la prohibición de la «fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de algunas armas como pistolas o armas de fuego simuladas, además de las navajas».

La legislación española establece sanciones graves para el comercio, la fabricación, el almacenamiento y la posesión de navajas automáticas sin la debida autorización, que varían entre 300 y 30,000 euros. Esta prohibición se ve reforzada por la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, que también incluye restricciones sobre navajas con una hoja que supere los 11 centímetros, independientemente de si son automáticas.

Armas prohibidas en España

De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de Armas, se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de una serie de armas y sus imitaciones. Entre las restricciones, se incluyen las armas de fuego producidas de manera ilícita o aquellas que han sido modificadas sin autorización. También se prohíben las armas largas que tengan dispositivos para alojar pistolas, así como pistolas y revólveres que cuenten con un culatín adaptado.

Además, se prohibe la posesión de armas de fuego simuladas, bastones-estoque, puñales de cualquier tipo, navajas automáticas y otras armas peligrosas para la integridad física de las personas. Sin embargo, no se considerará prohibida la tenencia de estas armas por museos, coleccionistas u organismos autorizados.

Las restricciones se extienden a las armas semiautomáticas, sprays, defensas eléctricas y silenciadores. Por ejemplo, se prohíbe la publicidad y la tenencia de armas cortas semiautomáticas con una capacidad superior a veintiún cartuchos, así como armas largas semiautomáticas con una capacidad que exceda once cartuchos. La comercialización de estas armas solo está permitida para funcionarios autorizados.

También está prohibida la tenencia de imitaciones de armas de fuego que puedan confundirse con armas reales, salvo si están registradas como objetos de colección. Los cuchillos, machetes y demás armas blancas también están restringidos para particulares, requiriendo un documento que acredite el derecho a usarlos.

Por último, se prohíbe la venta, compra y tenencia de navajas no automáticas cuya hoja supere los 11 centímetros, aunque su fabricación y comercialización pueden estar permitidas bajo supervisión de la Guardia Civil.

Artículos prohibidos

Más allá de las armas, la Agencia Tributaria establece que hay una serie de mercancías que no se pueden importar, lo que significa que la autoridad aduanera no permite su adquisición. Entre los productos prohibidos se incluyen armas, drogas, explosivos, carne y productos cárnicos, leche y productos lácteos, tabaco y mercancías falsificadas, entre otros.

Por otro lado, hay ciertos productos cuya importación está sujeta a restricciones específicas. Aunque no están prohibidos, requieren permisos adicionales de entidades como Sanidad, la Agencia Española del Medicamento o el Ministerio de Agricultura. Algunos de estos productos incluyen: