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La Justicia acuerda repetir el juicio al anciano condenado por matar a su asaltante en Mallorca

La Justicia balear acuerda repetir el juicio al anciano condenado por matar a su asaltante en Mallorca después de las diversas deficiencias detectadas en el veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular el pasado 22 de septiembre.

La magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado ha dictado un auto en el que declara la nulidad del objeto del veredicto del jurado. Según la resolución, «dado que se procedió a la disolución del jurado, se acuerda la retroacción de las actuaciones al momento procesal oportuno a los efectos de repetición del juicio oral con nuevo Tribunal del Jurado». Contra esta resolución no cabe recurso.

El jurado popular dictaminó por cinco votos a favor y cuatro en contra, tras casi un día de deliberación, que Pau Rigo, el hombre de 83 años que mató a un ladrón en su casa de Porreres, era culpable y el fiscal pedía tres años y nueve meses de cárcel.

La Fiscalía admitió días después deficiencias en dicho veredicto de culpabilidad ya que para ser declarado culpable se requería un mínimo de siete votos a favor. El Ministerio Fiscal presentó un escrito que solicitaba la nulidad del veredicto, ya que «debido a un error material en la redacción del objeto del veredicto de culpabilidad, no se alcanzó el número de votos necesarios para la declaración de culpabilidad del acusado». A dicha petición se sumaron varias partes.

La jueza ha atendido las peticiones planteadas tanto por la Fiscalía como por algunas de las defensas de los acusados y en su auto expone que «la representación de Pau Rigo interesaba con carácter principal la absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables, artículo 59.1 LOTJ y con carácter subsidiario, la nulidad del veredicto, debiéndose en tal caso repetir el juicio oral ante distinto Tribunal del Jurado».

«Dado nuevo traslado sobre la petición de absolución se presentó escrito por parte del Ministerio Fiscal en el que tras analizar los errores del objeto del veredicto, indicaba la posibilidad de dictar sentencia absolutoria en tanto que ello supondría prescindir de normas esenciales del procedimiento, debiendo procederse a la declaración de nulidad».

Una vez concluido el plazo concedido a las partes, la magistrada ha dictado la resolución que dictamina la repetición del juicio. Señala en el auto que ve «claro» que «el objeto del veredicto contiene un error insalvable» y acuerda declarar la nulidad del veredicto.

Por otro lado, rechaza la petición de absolución del acusado, como solicitó la defensa de Pau Rigo «Considero que no procede el dictado de una sentencia absolutoria en tanto que el defecto reseñado impide a esta magistrada conocer, con seguridad, la decisión que el jurado hubiera tomado».