Tres años de prisión por introducir en la cárcel droga oculta en su vagina en un vis a vis con su pareja

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Prisiones.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de tres años de cárcel para una mujer que pretendía introducir, oculta en su vagina, una considerable cantidad de droga -hachís, cocaína y pastillas- en la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla).

Rosa María R.R. tenía previsto un vis a vis con su pareja, reo en dicho centro penitenciario, y se introdujo dos preservativos en la cavidad vaginal con 144 pastillas, seis bellotas, 0,17323 gramos de cocaína, 168 comprimidos de alprazolam y 50 gramos de resina de cannabis.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ratificada por el TSJA le condena también al pago de una multa de 1.054 euros por un delito contra la salud pública, tal y como recoge Europa Press.

La droga incautada

La sentencia recurrida, en ese sentido, declara probado que el 28 de febrero de 2018, Rosa María R.R. «se dirigió al centro penitenciario de Sevilla II para una visita programada con su pareja, el interno J.P.J., y con carácter previo al acceso al recinto se introdujo dos preservativos en la vagina, conteniendo uno de ellos un plástico con sustancia pulverulenta de color blanca, 144 pastillas de color blancas con la inscripción U94 y 50 fragmentos de pastillas partidas; y segundo preservativo que contenía seis bellotas de color marrón prensada».

El primero de los preservativos le fue intervenido en un registro corporal tras rebasar el arco de seguridad de acceso al centro penitenciario y el segundo en la exploración médica que se le practicó seguidamente también en dicha prisión, conteniendo los condones 0,17323 gramos de cocaína, 168 comprimidos de alprazolam y 50 gramos de resina de cannabis, todo ello con destino a la pareja de la acusada, con quien «tenía previsto un vis a vis».

«Hasta un niño de 8 años sospecharía»

En su recurso de apelación, la representación de la acusada alegaba un supuesto error de apreciación probatoria de la sentencia condenatoria, «en cuanto declara que era consciente de que los preservativos contenían sustancias estupefacientes y que su intención era entregárselos a su pareja, interno en el centro penitenciario».

El TSJA, en ese sentido, determina que «es indiferente si la acusada pretendía entregarle a él la droga que portaba o si su intención era dejarla en una papelera a disposición de un ignorado destinatario; versión ésta, por otra parte, por completo inverosímil, por el riesgo de que tan precioso alijo acabara en manos de cualquier persona, interno, funcionario o visitante».

«Menos creíble es aún la pretendida ignorancia por la acusada del contenido de los preservativos que introdujo en su cavidad vaginal. Hasta un niño de ocho años que fuera a visitar a su padre en la cárcel tendría, no ya sospechas, sino completa seguridad de que los envoltorios que se le pedía que introdujera subrepticiamente en la prisión contenían algún tipo de sustancia estupefaciente; pues es ya materia de conocimiento general, y no digamos entre los familiares, tanto la elevada demanda de estas sustancias por los internos y el alto valor que pueden alcanzar en un centro penitenciario, por lo restringido de la oferta, como el procedimiento más habitual y hacedero de introducirlas en su interior aprovechando las mal llamadas visitas vis a vis», recalca el TSJA.

«La acusada, si no lo sabía a ciencia cierta por conocimiento directo, presumía con total certidumbre la naturaleza de lo que introducía en el centro penitenciario», zanja el TSJA, que desestima el recurso de la mujer y confirma plenamente la sentencia condenatoria.

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