Detenido el cocinero de un restaurante turco de Málaga por abusar de una menor que fue al baño
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La Policía Nacional ha detenido a un empleado de un restaurante de Málaga tras la denuncia de una menor de edad, de 16 años, por un presunto delito de abuso sexual cometido en los baños del establecimiento. Los agentes han arrestado también a otro trabajador por un presunto delito de omisión del deber de socorro.
Los hechos han tenido lugar sobre las 22:00 horas de este jueves en un local de comida turca situado en la zona oesta de la capital malagueña. La menor, que se encontraba con su grupo de amigos en la vía pública, solicitó permiso a los empleados del restaurante para entrar al servicio, momento que aprovechó uno de los cocineros para seguir a la adolescente hasta al aseo y realizarle tocamientos.
Según la versión que la víctima ha trasladado a los agentes, opuso resistencia, logró zafarse del presunto abusador y pudo cerrar la puerta del baño. El segundo detenido es un camarero que, consciente de los abusos, no habría hecho nada por impedirlos.
Pasados unos minutos, tal y como detalla Diario SUR, la menor salió del aseo y se dirigió corriendo hasta la calle, donde le esperaba su grupo de amigos. Tras contarles lo sucedido, fueron ellos quienes decidieron llamar a la sala del 091 de la Policía Nacional, que acudió de inmediato al restaurante y detuvo a los dos implicados.
Así, y según han confirmado a Efe fuentes policiales, el cocinero está detenido por un presunto delito de abusos sexuales y el camarero por no ayudar a la víctima pese a que estaba gritando y pidiendo ayuda. La investigación policial, a cargo ahora de la Unidad de Familia y Atención a la Mujer (UFAM), sigue abierta.
Diez años de cárcel por abusos a su hijo
En otro orden de cosas, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de diez años de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por abusar sexualmente de su hijo de nueve años durante los periodos en los que tenía al pequeño y a su mellizo dentro del régimen de visitas tras la separación de la madre. El TSJA rechaza así el recurso presentado por la defensa del acusado.
Según se declaró probado por la Sección Novena de Málaga, y ahora ha ratificado el Tribunal andaluz en su sentencia, el acusado se separó de forma «no amistosa y con diversos problemas» de la madre de los niños, señalando que durante los años 2012 y 2013, el procesado recibía a los niños en su domicilio de la localidad malagueña de Fuengirola cumpliendo el régimen de visitas.
La resolución señala que el acusado, «en diversos momentos y en varias ocasiones durante esos años» y «aprovechando la hora de la siesta y que su hijo estaba en la cama, se acercaba, con ánimo libidinoso», para, «cogiéndole con fuerza por las muñecas e inmovilizándolo», abusar de él.
El menor se negaba a la actuación paterna, pero estaba «asustado» dado que el padre «le decía que si contaba lo que sucedía, le pegaría una paliza o mataría a su madre, logrando así el silencio del menor». Estos hechos, señala la sentencia, se prolongaron hasta que el niño tenía unos diez años y medio, momento en el que «pudo realizar una oposición eficaz, al citado ataque».
Cuando el niño estaba internado en un centro, y una vez se sentía tranquilo y seguro, contó lo sucedido al equipo técnico que le asistía en ese lugar. Como consecuencia de estos hechos, el menor sufrió un trastorno de estrés postraumático.
Por estos hechos, al padre se le condenó por un delito continuado de agresión sexual sobre menor de 13 años, con prevalimiento de parentesco y violencia e intimidación, imponiéndole la pena de diez años de prisión, que ahora ha sido confirmada, al igual que otros diez años de libertad vigilada y la prohibición de comunicar y de acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante 15 años. Asimismo, se ratifica el pago de 15.000 euros de indemnización.
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