22 años de cárcel para un cuidador de La Rioja que mató a su paciente de 82 años con ácido
El cuidador mató al anciano después de que le nombrara heredero de sus bienes
La sentencia declara al asesino incapaz para heredar los bienes de la víctima
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha confirmado la condena de 22 años de prisión impuesta a un cuidador que asesinó a su paciente de 82 años haciéndole ingerir ácido sulfúrico tras sedarlo. La sentencia ratifica el veredicto del jurado, que consideró probado que el autor actuó con alevosía después de conseguir que la víctima cambiara su testamento y le nombrara heredero de sus bienes.
Los hechos ocurrieron entre la tarde y la noche del 4 al 5 de agosto de 2020, cuando el condenado, Valeriano, hizo ingerir a su paciente un potente desatascador industrial con un 95% de ácido sulfúrico. Previamente le había administrado una dosis elevada de un somnífero para dejarlo en un estado que le impidiera defenderse. Las pruebas médicas mostraron que la víctima estaba sedada cuando ingirió el ácido.
Según el relato de la sentencia, se considera probado que el condenado compró el desatascador en la mañana previa al asesinato, pese a que las tuberías de la vivienda funcionaban sin problema alguno. La sentencia explica que la víctima necesitaba silla de ruedas o andador para poder desplazarse, por lo que no es posible que hubiera ido a por el desatascador sin que el acusado lo hubiera visto. Además, la Policía encontró la botella de desatascador encima de la mesa y fuera del alcance de la víctima con el tapón puesto, en contra de lo que mantuvo el acusado durante el juicio, en el que aseguró que la botella estaba abierta. Según el tribunal, «hubiera sido imposible para el anciano cerrar la botella después de ingerir el producto desatascador» por los efectos que produce y porque se trataba de un tapón de seguridad.
Sólo 19 días antes, el anciano acudió a un notario junto a su cuidador y modificó su testamento a favor del condenado con «la obligación de prestar al testador asistencia y cuidados hasta su fallecimiento».
Tardó horas en avisar
La sentencia que reafirma la condena de cárcel para el cuidador considera decisivo el resultado de la autopsia, que demuestra cómo la ingesta del desatascador se produjo inmediatamente después de la cena, que el acusado sitúa sobre las 20:00 horas. El acusado declaró que estuvo viendo la televisión con la víctima hasta las 23:00 horas y no llamó al servicio de urgencias hasta las 1:43 horas. Algo que, según el tribunal, prueba que el acusado estaba con el anciano cuando la víctima tomó el desatascador y que pasaron horas hasta que fue atendido por los sanitarios de urgencias.
Igualmente, se reveló que los restos de sedante que se encontraron en el organismo de la víctima superaban con creces la dosis indicada, por lo que se deduce que cuando el anciano ingirió el desatascador estaba en un estado semiinconsciente. No pudo hacerlo solo y además estaba indefenso. De hecho, el examen del cuerpo del anciano no reveló signos de lucha ni actos reflejos de escupir el producto químico.
La carta de despedida
El tribunal tampoco cree que el anciano se quitara la vida voluntariamente después de escribir una carta de despedida a su familia. Fue el condenado quien entregó la misiva a los servicios de emergencias.
Según la sentencia, la carta de despedida «no tiene contenido suicida». Tampoco tiene sentido que le escribiera una carta de despedida a sus familiares con los que no tenía ninguna relación. Además, la redacción de la carta denotaba que la escribió alguien que no redacta en español de forma fluida. Se da la circunstancia de que el cuidador es de origen rumano.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja rechaza la tesis de la defensa sobre un posible suicidio, basándose en múltiples indicios. No se encontraron signos de lucha ni salpicaduras dispersas que serían propias de una ingesta voluntaria. Las quemaduras en boca y lengua eran compatibles con una única toma de ácido sulfúrico en un momento de disminución de reflejos. El acusado tardó horas en llamar a emergencias.
El asesino no podrá heredar
La sentencia que confirma la cárcel para el cuidador destaca que el condenado había logrado ser nombrado heredero de la víctima apenas 19 días antes de su muerte, tras conseguir que éste revocara un testamento anterior en favor de sus sobrinos. También se encontraron en su teléfono búsquedas sospechosas en internet realizadas días antes del crimen.
El TSJ de La Rioja califica los hechos como asesinato con alevosía «convivencial», al haberse aprovechado el autor de la relación de confianza derivada de ser el cuidador de la víctima, quien no podía esperar un ataque de quien debía atenderle. Además de la pena de cárcel, se impone al cuidador una medida de libertad vigilada por 10 años y se le ha declarado incapaz para heredar por causa de indignidad.
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