La DGT empieza a multar a todos los conductores que no lleven esto en el coche
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¡Mucho cuidado si no llevas esto en el coche porque podrías recibir una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT)! Uno de los principales objetivos de este organismo es velar por la seguridad vial de los conductores en las carreteras españolas. Por este motivo, en los últimos meses ha endurecido algunas de las sanciones.
Es el caso del uso del móvil al volante. Se sigue considerando una infracción grave que se sanciona con 200 euros, pero hay do grande novedades: se multa el simple hecho de sujetar con la mano el dispositivo y aumenta la detracción de puntos que pasa de tres a seis. También es una infracción grave no solo el uso de detectores de radar, sino el hecho de llevar estos dispositivos en el vehículo.
Documentos obligatorios en el coche
Si no quieres recibir una multa de la DGT, hay una serie de documentos que debes llevar obligatoriamente. Son los siguientes:
- Permiso de circulación: es el documento que acredita que el vehículo está matriculado. Además, en él se detallan algunas características técnicas y quién es el propietario del mismo. Desde el año 2015, todos los países de Europa comparten el mismo formato.
- Tarjeta de la ITV: es el documento que muestra lo datos del fabricante, el número de identificación del vehículo, la matrícula, las emisiones de CO2 el número de plazas, etc. También refleja las ITVs periódicas.
- Carnet de conducir: ya no es obligatorio llevar el carnet de conducir en formato físico. Si te resulta más cómodo, puedes llevarlo en formato digital en la app miDGT, disponible para Android e iOS.
«Lleva estos 3 documentos, originales o compulsados, siempre que conduzcas, ya que será lo primero que te pida un agente si te para o te ves involucrado en un incidente. Recuerda que desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago», recuerda la DGT.
¿Son necesarias las gafas de repuesto?
Por otra parte, la normativa ya no establece la obligatoriedad de llevar unas gafas de repuesto para todos aquellos conductores que tengan algún problema de visión y lleven gafas o lentillas.
Sin embargo, el Reglamento General de Circulación sí establece que, en caso de necesitar gafas o lentillas, conducir sin ellas se considera una infracción grave, y como tal conlleva una mula de 200 euros. Los agentes de tráfico pueden comprobarlo en el apartado número 12 del carnet de conducir, tanto en formato físico como digital.
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