El truco legal para no pagar las multas de los radares: funciona
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A nadie le resulta agradable recibir una multa de tráfico. Y mucho menos durante el verano, una época en la que, paradójicamente, deberíamos disfrutar de la carretera con más tranquilidad. Pero es precisamente en estos meses cuando la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Guardia Civil intensifican los controles con el fin de evitar accidentes y sancionar a quienes infringen las normas de circulación. El problema es que, en ese despliegue de vigilancia, las multas pueden llegar incluso a conductores que sólo han superado ligeramente el límite de velocidad.
Lo que muchos no saben es que no todas las multas son completamente válidas. Existen condiciones técnicas y legales que deben cumplirse para que una sanción tenga efecto. Uno de los aspectos más relevantes es el conocido «margen de error» que deben aplicar los radares. Un abogado experto en la materia, Miguel Ángel Mejías, ha explicado recientemente cómo se puede utilizar este margen como recurso legal para evitar pagar sanciones leves por exceso de velocidad.
El truco para no pagar las multas de tráfico
@miguelangelmejias_ 📢 EXPLICACION 📢 Los radares son aparatos de medición que pueden no ser precisos y por esa razón se les aplica ese margen de error a las mediciones de velo idad que hacen. 📡 ⚠️ ADVERTENCIAS ⚠️ 1. En el vídeo se habla de «truco» para llamar la atención del espectador. En ningún caso es una regla predeterminada y cada caso se puede resolver de diferentes formas en función de las circunstancias ya que el derecho no son matemáticas.💼 2. En ningún momento estamos incentivando que se rebasen los límites de velocidad. La mejor defensa es siempre cumplir con la norma. 📃🚦 3. En el vídeo se pone un ejemplo de velocidades para que la gente lego en derecho lo comprenda, y se aplica la tabla 2 correspondiente a la ley para los errores máximos permitidos por cinemómetros en verificación periódica. ORDEN ITC/155/2020 📙 4. EL VIDEO NO SE HACE CON UN FIN COMERCIAL. 👍🏼 Cualquier ciudadano puede recurrir sus multas a la administración de forma GRATUITA. 🆓 En el vídeo se expone una situación que afecta frontalmente a los principios de tipicidad, legalidad y de presunción de inocencia.📔 El objetivo es no quedarse con el objeto de la sanción, si no ver más allá, darnos cuenta de que no podemos permitir en un estado de derecho que se cometan injusticias por parte de la Administración. ⚖️ 5. La sentencia que aportamos en las historias aplica un margen de error de 5km/h puesto que el radar que mide la velocidad es fijo, para los móviles es de 7km/h. 👀 #multan #multa #multaporvelocidad #excesodevelocidad #radar #radarespaña #direcciongeneraldetrafico #guardiaciviltrafico #policianacionalespaña #abogadoespaña ♬ Makeba – Jain
Los radares, aunque cada vez más sofisticados, pueden tener pequeñas desviaciones en sus mediciones. Por esta razón, la normativa española establece unos márgenes de error permitidos que deben aplicarse en cualquier expediente sancionador basado en lecturas de velocidad.
La normativa que regula estos márgenes es la Orden ITC/3123/2010, un texto legal que establece los límites técnicos de los instrumentos de medida, como los cinemómetros (radares). En ella se contemplan diferentes porcentajes de corrección, dependiendo del tipo de radar: fijo o móvil.
- En el caso de los radares fijos, se establece un margen de error del 5%.
- En los radares móviles, este margen se amplía al 7%, debido a que están más expuestos a variables externas (vibraciones del vehículo, posición, condiciones meteorológicas, etc.).
¿Qué implica esto en la práctica?
Supongamos que un conductor circula por una autovía con límite de velocidad de 120 km/h, y un radar móvil le capta a 126 km/h. A simple vista, parece una infracción leve que podría acarrear una multa. Sin embargo, al aplicar el margen de error del 7% (en este caso, al tratarse de un radar móvil), el valor real corregido sería de aproximadamente 117,2 km/h, es decir, por debajo del límite permitido.
Esto significa que la multa no debería haberse impuesto. Si en el expediente sancionador no se refleja que se ha aplicado dicho margen, la sanción es reclamable e incluso anulable.
¿Cómo presentar el recurso?
Si has recibido una multa y sospechas que no se ha aplicado el margen de error legal, lo primero que debes hacer es revisar con detenimiento la notificación y solicitar el expediente sancionador completo si no lo has recibido. A partir de ahí:
- Calcula la velocidad corregida aplicando el margen correspondiente según el tipo de radar (5% si es fijo, 7% si es móvil).
- Comprueba si el nuevo valor se encuentra por debajo del límite legal.
- Redacta un escrito de alegaciones, explicando el motivo por el cual la multa no debería aplicarse, y citando la Orden ITC/3123/2010 como base legal.
- Adjunta la documentación necesaria, incluyendo copia de la multa, tu DNI, y el expediente si lo has solicitado.
- Presenta el recurso dentro del plazo legal, que suele ser de 20 días naturales desde la notificación.
El recurso debe presentarse ante el organismo sancionador (normalmente la Jefatura Provincial de Tráfico) y puede incluir una referencia directa a la normativa vigente que regula los márgenes de error. Es recomendable, eso sí, aportar pruebas, como copias de la notificación recibida y del expediente sancionador.
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