Se abre juicio al ‘artista’ que profanó la tumba de Franco: la Fiscalía pide 1 año de cárcel
El Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 4 de San Lorenzo de El Escorial ha dictado auto de apertura de juicio oral contra el ‘artista’ Enrique Tenreiro que atacó la tumba del dictador Francisco Franco en la Basílica del Valle de los Caídos. Se le acusa «por el delito contra la libertad de conciencia del artículo 523 del Código Penal [penado de 6 a 12 meses de cárcel] y/o un delito de profanación y daños en tumba del artículo 526 [de 1 a 3 años de prisión]».
El acusado ha recibido este lunes la correspondiente notificación de juicio por su actuación presuntamente delictiva cometida el pasado 31 de octubre de 2018. Con pintura roja ensució la tumba de Francisco Franco dibujando una especie de paloma de la paz y el texto «Por la libertad».
Además, tal como adelanta OKDIARIO, este polemista de origen gallego ha tenido constancia esta semana de que finalmente la Fiscalía pide para él un año de cárcel, el pago de los daños y perjuicios causados (833 euros), la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y el abono de las costas del proceso. En su escrito de conclusiones provisionales que ha sido entregado al acusado, ya se expone que «los hechos expuestos constituyen un delito contra la libertad de conciencia del artículo 523 del Código Penal». Un extremo que el Juzgado de Instrucción ha ratificado.
Remarcan que Tenreiro vulneró la actividad normal de la basílica, lo que confirma el delito según la Fiscalía. «La acción tuvo lugar mientras los niños de la Escolanía estaban accediendo al Coro y los sacerdotes celebrantes de la Eucaristía se dirigían al Altar Mayor. Como consecuencia de la pintada en la lápida del general Francisco Franco, el acusado perturbó el normal desarrollo de la ceremonia religiosa puesto que hubo de retrasarse la celebración de la Eucaristía de las 11:00 de ese día. Igualmente, quedó cerrado el acceso al público en tanto no se terminó la limpieza de la lápida».
En cuanto a la indemnización, la Fiscalía recoge que «la Delegación de Patrimonio Nacional del Real Sitio ha aportado factura del importe de limpieza que asciende a 323 euros así como acta de arqueo de la taquilla de entrada donde constatan las devoluciones que tuvieron que hacerse, 510 euros». En total, 833 euros.
Por otra parte, la Fiscalía enumera las pruebas a celebrar en el juicio. Además del interrogatorio del acusado, piden la declaración testifical de seis personas entre los que destacan Santiago Cantera, prior de la Abadía del Valle de los Caídos y los agentes de la Guardia Civil que acudieron al aviso telefónico en el momento de los hechos denunciados.
Petición de la acusación
Por su lado, la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos, que ejerce la acusación particular, pide dos años y cinco meses de prisión, la inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de condena y las costas.
El juez aclara que el artista mantendrá por ahora «la situación de libertad» aunque tendrá que abonar «una fianza de 1.111 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pueden declararse, debiéndose proceder al embargo de bienes suficientes del acusado para cubrir dichas responsabilidades, si no prestare tal fianza». Por otra parte, establece que «se declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa a la Audiencia Provincial».
«Acto de amor»
Enrique Tenreiro ya declaró ante la magistrada Verónica Muñoz de Diego, titular del mencionado juzgado de San Lorenzo, y aseguró que el objetivo era «un acto de libertad y amor». Durante una hora estuvo respondiendo las preguntas de la juez y del abogado de la Asociación para la defensa del Valle. «Me lo pensé mucho porque tenía mucho que perder y nada que ganar, pero no me arrepiento», justificó entonces el ‘artista’ que atacó la tumba que albergaba el cadáver de Francisco Franco antes de ser trasladado al cementerio de Mingorrubio-El Pardo.
El acusado, a través de su abogado, se quejó sobre el modo en que se está instruyendo la causa por parte de la magistrada. Reprochaba que cuando se le tomó declaración, no se le informó de los delitos que se le imputaban. Sin embargo, la jueza en un auto muy duro explicó que sí fue convenientemente informado, en tiempo y forma, a través de la correspondiente providencia.
Por otra parte, la Guardia Civil apuntó inicialmente en su atestado inicial un tercer delito, el de odio. No obstante la juez ha optado por no incluir este tipo penal en sus autos.
Por el delito contra los sentimientos religiosos el acusado se enfrentaba a un castigo de hasta un año de prisión. El artículo 524 del Código Penal recoge: «El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecute actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses».
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