La juez archiva el caso Funnydent por tratarse de una «mala gestión y no de una estafa»
La titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Navalcarnero ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta por un presunto delito de estafa contra el administrador único de las clínicas dentales Funnydent, Cristóbal López Vivar.
Según el auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, tras las diligencias practicadas por la Brigada Provincial de Policía Nacional y toda la documentación extraída, la magistrada concluye que se trata de «una mala gestión» en el año previo al cierre de las clínicas por parte de su administrador y no ante «un propósito inicial del investigado de incumplir las obligaciones» asumidas frente a los pacientes.
El director de la cadena odontológica estaba siendo investigado por presuntamente estafar 8,8 millones de euros a más de 2.400 pacientes. Hace 3 semanas, los administradores únicos de las clínicas dentales nombrados por el juzgado aseguraban no haber detectado irregularidades de Cristóbal López Vivar, ni en las cuentas bancarias ni en los movimientos en efectivo, ni en la contabilidad con anterioridad al cierre de los establecimientos.
El escrito judicual establece que “del informe emitido por la administración concursal, junto con las actuaciones a petición del Ministerio Fiscal, se desprende que no ha existido irregularidad que pueda ser penalmente reprochable, al margen de la responsabilidad civil y concursal del investigado”.
Para que haya estafa, recuerda el auto, se precisa de un ánimo de lucro en beneficio propio o de un tercero. «De la documental y cuentas bancarias intervenidas no se ha evidenciado ningún incremento económico en el patrimonio del investigado que pudiera llevar a pensar que el cierre fue consecuencia de dicho ánimo de lucro. Todo lo contrario, la mala gestión derivó, no sólo en un perjuicio para los clientes, sino en uno propio para su único administrador, el cual tenía todos sus bienes registrados a nombre de dichas mercantiles”, señala la juez.
La resolución concluye que “las actuaciones practicadas sólo ponen de manifiesto un posible incumplimiento contractual de naturaleza civil carente de trascendencia penal, por lo que procede el mencionado archivo de la causa, sin perjuicio de la acciones que los denunciantes puedan ejercer ante la jurisdicción civil”.
Las partes personadas en el caso así como el Ministerio Fiscal podrán interponer recurso de reforma en el plazo de 3 días o de apelación en el plazo de 5 días contra esta resolución judicial.
La opinión de los afectados
Los afectados de Funnydent agrupados en torno a una plataforma han mostrado su rechazo tras conocerse el fallo judicial.
Aseguran que “de todos los pacientes afectados, entre el 65% y el 70% financiaron los tratamientos” y que desconocen si podrán «recuperar lo invertido». Según la Organización de Consumidores y Usuarios, OCU, “las probabilidades de que se reembolse disminuyen” para las personas que pagaron el tratamiento dental por adelantado.
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