Sánchez podrá cerrar webs sediciosas como la de Tsunami sin que haya resolución judicial
El BOE publica el último real decreto electoralista del Gobierno contra lo que llaman la "República digital catalana"
La Audiencia abre una causa contra ‘Tsunami Democràtic’ por un delito de terrorismo
El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, quiere ahora parecer el más duro frente a los separatistas pese a que se niega a aplicar la ley de Seguridad Nacional o el artículo 155 en Cataluña. Ello, en un doble juego de cálculo político para no enemistarse con quienes podrían permitir su investidura tras el 10-N. En este escenario, Sánchez ha aprobado un real decreto electoralista donde se arroga la potestad para cerrar páginas web sediciosas como la de Tsunami Democràtic sin que haya una resolución judicial. Así lo recoge el contenido de la nueva norma publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En concreto, el texto impulsado por el Consejo de Ministros —que todavía tendrá que ser convalidad por la Diputación Permanente del Congreso— modifica la Ley General de Telecomunicaciones e introduce nuevos supuestos en la potestad del Ministerio de Economía y Empresa para decretar el cese de la «presunta actividad infractora». Uno de ellos especialmente traerá cola y generará polémica. Se trata del cierre de espacios webs «cuando exista una amenaza inmediata y grave para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional».
Hasta hora, la Ley General de Telecomunicación sólo contemplaba esta posibilidad cuando se produjeran «perjuicios graves al funcionamiento de los servicios de Seguridad Pública, Protección Civil y de Emergencias»; se pusiera «en peligro la vida humana» o «se interfiera gravemente a otros servicios o redes de comunicaciones electrónicas».
Pero además del supuesto del orden público, el Ejecutivo en funciones también ha añadido que podrá ordenar el cierre de páginas web cuando dicha actividad «cree graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico».
En el caso de Tsunami Democràtic, fue el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón quien ordenó el pasado octubre a la Guardia Civil clausurar las páginas web de la plataforma Tsunami Democràtic, promotora de las movilizaciones contra la sentencia del procés, en el marco de una investigación por indicios de delitos de terrorismo.
Pirueta legislativa
Con el nuevo real decreto de Sánchez en la mano (que él mismo ha vendido como la respuesta del Ejecutivo en funciones a «eso que llaman la república digital catalana»), el propio Gobierno tendrá la facultad de cerrar web sediciones sin orden de un juez. Para ello, recurre a una pirueta legislativa, puesto que tirará del artículo 81.2 de la Ley General de Telecomunicaciones, que el nuevo real decreto, sin embargo, no toca y que se mantiene, por tanto, en sus mismos términos pese a estar concebido para los supuestos iniciales, ahora modificados.
Así, dicho precepto establece que «esta orden de cese irá dirigida a cualquier sujeto que se encuentre en disposición de ejecutar tal cese, sin perjuicio de la posterior delimitación de responsabilidades en el correspondiente procedimiento sancionador. Para su ejecución forzosa, la resolución podrá disponer que, a través de la Autoridad Gubernativa, se facilite apoyo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad». Y agrega: «En la resolución se determinará el ámbito objetivo y temporal de la medida, sin que pueda exceder del plazo de un mes».
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