Sánchez duplica hasta los 250.000 € las ayudas a las víctimas de Franco, 34.000 más que a las de Adamuz
El Gobierno aprueba un real decreto para actualizar las indemnizaciones
El Gobierno ha aprobado un real decreto en el que amplía las indemnizaciones para las personas fallecidas o con lesiones incapacitantes «por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia», es decir, durante el franquismo y hasta el 29 de diciembre de 1978. Las nuevas ayudas han sido incorporadas a la autodenominada Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022 gracias al apoyo de Bildu. La indemnización por fallecimiento prácticamente se duplica, pasando de 135.286,50 euros a 250.000 euros. Una cuantía superior, por ejemplo, a la fijada para las 47 víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gelida, de 216.000 euros.
El Ejecutivo también aumenta el montante por incapacidad, pasando de 90.191 euros a 180.000 por «incapacidad permanente absoluta» y de 135.286,50 euros hasta los 500.000 euros por «gran incapacidad». Los afectados que ya percibieran una indemnización en base a la normativa de 2007 podrán solicitar que se les abone la diferencia.
Podrán solicitarlo los familiares de las víctimas, en primer lugar, los hijos y el cónyuge de la persona fallecida, si no estuviera separada legalmente, ni en proceso de separación o nulidad matrimonial. Asimismo, podrá ser persona beneficiaria aquella que hubiere venido conviviendo con la persona fallecida de forma permanente y con análoga relación de afectividad a la del cónyuge durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores al momento del fallecimiento, salvo que hubieren tenido descendencia en común, en cuyo caso bastará la mera convivencia.
Subsidiariamente, si no existieran los anteriores, podrán ser personas beneficiarias, por orden sucesivo y excluyente, los padres, los nietos, los hermanos de la persona fallecida y los hijos de la persona conviviente.
El Gobierno justifica que las compensaciones establecidas en la ley de 2007 apenas alcanzaron «a la cuarta parte de las solicitudes presentadas» y «ha planteado dudas» sobre si «cubrió todos los supuestos» que «puedan considerarse adecuados» para quienes «lucharon por la libertad y la democracia».
Por ello, se extiende el marco temporal, ampliándolo hasta 1978. El Gobierno considera que «procede actualizar las cuantías, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de modo que, homologándolo con otros regímenes reparadores».
En opinión del Ejecutivo, «el conocer la trayectoria de nuestra democracia, desde sus orígenes a la actualidad, sus vicisitudes, los sacrificios de los hombres y las mujeres de España en la lucha por las libertades y la democracia es un deber ineludible que contribuirá a fortalecer nuestra sociedad en las virtudes cívicas y los valores constitucionales».
«En ese marco, la sociedad española tiene un deber de memoria con las personas que fueron perseguidas, encarceladas, torturadas e incluso perdieron sus bienes y hasta su propia vida en defensa de la democracia y la libertad».
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