Restricciones Semana Santa: cuándo empieza el cierre perimetral de las comunidades
Las comunidades autónomas junto con el Gobierno central han pactado una serie de medidas restrictivas para que la Semana Santa no se convierta en el principio de una cuarta ola de la pandemia del coronavirus. El cierre perimentral, el toque de queda o la limitación de reuniones son algunas de ellas.
La que más polémica ha generado es el cierre perimetral. Y es que, mientras los españoles tenemos prohibido movernos de una comunidad a otra para ver a nuestros familiares o visitar nuestra segunda residencia, los extranjeros pueden venir de turismo a través de los aeropuertos.
Es más, nosotros mismos podemos irnos a otro país Europeo a través de un vuelo y una PCR, pero no en coche de Madrid a Toledo.
Este cierre perimetral de Semana Santa se establece para evitar la movilidad en los días clave festivos, tal y como se hizo en el Puente de San José. Es un plan pactado el pasado miércoles 10 de marzo en el Consejo Interterritorial para que los contagios de coronavirus sigan descendiendo en todo el territorio: todas las comunidades a excepción de la Comunidad de Madrid secundaron la medida.
El cierre perimetral tendrá lugar desde el 26 de marzo hasta el 9 de abril. De esta manera se amplía, y mucho, los días de la Semana Santa propia ya que los festivos son el jueves 1 y el miércoles 2 de abril. Todas las comunidades estarán cerradas a excepción de los archipiélagos de Baleares y Canarias.
Sólo se podrá viajar en ese periodo si se cumple alguno de estos criterios y el motivo está debidamente justificado:
- Asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistir a centros universitarios, docentes y educativos
- Retornar al lugar de residencia habitual o familiar
- Asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables
- Desplazarse a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes, actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovar permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables
- Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Otras medidas
- Toque de queda desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas en todas las comunidades. Los gobiernos regionales podrán adelantar una hora el toque de queda, pero nunca atrasarlo.
- Limitación de reuniones en espacios públicos cerrados a como máximo 4 personas y 6 en espacios públicos abiertos
- Se desaconseja la celebración de encuentros sociales en domicilios o espacios cerrados con personas no convivientes
Lo último en España
-
Última hora del Incendio forestal en Los Gallardos (Almería), en directo | Número de fallecidos, heridos, desaparecidos y situación actual en vivo
-
Exhibición de músculo del PP de Toni Pérez: 1.300 personas en un acto que coincide con el España-Bélgica
-
OKDIARIO con Sánchez y Begoña en la graduación en Psicología de su hija Ainhoa en Bristol: aquí está el vídeo
-
El BOE lo confirma: es festivo del 25 de julio y habrá puente en esta comunidad de España
-
El desgarrador relato de un vecino de Lubrín que salvó a su mujer del incendio: «Estaba en casa y el fuego a 20 metros»
Últimas noticias
-
Uno de cada tres alumnos de Baleares contestó en español los exámenes de Selectividad
-
Alarma policial en Baleares por la llegada de inmigrantes en silla de ruedas y con graves discapacidades a bordo de pateras
-
Baños con jabón en una fuente de un parque de Palma en plena ola de calor: una gamberrada multada con 750 euros
-
El colmo del alquiler turístico ilegal en Ibiza: edificio de cuatro apartamentos abierto como hotel tapadera
-
Lista definitiva de los cinco finalistas de ‘Tu cara me suena 13’