Oriol Pujol será juzgado por un jurado popular en el caso ITV
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la decisión de la presidenta del Tribunal del Jurado que debe juzgar al exdiputado de CiU en el Parlament, Oriol Pujol i Ferrusola, por el caso ITV de rechazar un pacto de conformidad con parte de los acusados para evitar el juicio por jurado popular, por lo que finalmente será juzgado en ese régimen.
Según ha informado el TSJC este miércoles, la sala ha desestimado el recurso de apelación de la Fiscalía, al que se adhirieron cuatro acusados –Oriol Pujol y su esposa, Anna Vidal; Ricard Puignou y Sergi Pastor–, contra la decisión de la magistrada del tribunal, que consideró que la conformidad debía afectar a todos los investigados y, si no, celebrarse juicio contra todos ellos.
Así, el TSJC desestima «la pretensión de permitir una conformidad de solo parte de los acusados en relación con los hechos que les imputa el Ministerio Fiscal», y el juicio deberá celebrarse, aunque todavía no tiene fecha.
Considera, de la misma manera que el Tribunal del Jurado, que el hecho de que unos acusados pacten unas condenas y otros no puede dificultar el derecho de defensa de los que sí sean juzgados, ya que algunos hechos imputados requieren connivencia entre acusados.
Puntualizan que eso no va a impedir que durante el juicio los acusados que deseaban conformarse con los hechos de los que eran acusados pueden confesar, pero que, al producirse durante el juicio, eso permitirá valorar el conjunto de las pruebas.
En el pacto suscrito con la Fiscalía, Oriol Pujol aceptaba una pena de dos años y medio de cárcel por el cobro de comisiones y usar su influencia política para beneficiar a determinados empresarios del sector de las ITV y evitaba que su mujer fuera condenada a pena de cárcel.
En una audiencia preliminar el 14 de julio de 2017 en el Juzgado de Instrucción 9 de Barcelona, que instruyó el caso, los cuatro acusados mostraron su conformidad con las conclusiones provisionales de la Fiscalía.
Según explicaron fuentes judiciales ese día, el pacto preveía que Anna Vidal aceptara pagar una multa de 47.250 euros como condena, evitando la prisión, y Pujol, tres condenas que sumaban 30 meses por los delitos de tráfico de influencias, soborno y falsedad documental, y también aceptaban penas de multa Sergi Pastor y Ricard Puignou.
El 28 de septiembre, la Fiscalía, en su escrito de personación ante la Audiencia, solicitó que la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado fijara fecha para una comparecencia en que los acusados ratificaran este pacto, y se dictara sentencia, continuándose el proceso para los dos acusados que no lo habían suscrito: Josep Tous y Sergi Alsina.
Sin embargo, el letrado de Tous planteó como cuestión previa –y Alsina se adhirió– que este pacto vulneraba el derecho fundamental de defensa porque las conformidades de cuatro acusados podían presumir su culpabilidad al estar dos acusados de estar en connivencia.
La Fiscalía se opuso a esta petición alegando que sería «contrario a la lógica y al principio de economía procesal» demorar la sentencia si hay conformidades, y negando que supusiera conculcación del derecho de defensa.
Sin embargo, la magistrada admitió la petición de Tous porque si se aceptaran las conformidades planteadas por Pujol, su esposa, Ricard Puignou y Sergi Pastor, y se dictaran sentencias separadas –una para los conformados sin celebración de juicio y otra para los no conformados tras su celebración– «dividiría aquella continencia y podría causar indefensión a los no conformados».
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