Los guardias civiles denuncian al DAO ante Robles y exigen que lo aparte por «daño a la institución»
Presentan una queja formal combatiendo su “inacción” frente a la imputación del DAO

La Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), la mayoritaria, ha denunciado este lunes al director adjunto operativo (DAO) de la Benemérita, Manuel Llamas, ante la ministra de Defensa, Margarita Robles, y le exigen que lo aparte por «daño a la institución y pérdida de confianza» tras su imputación en el caso de las cloacas del PSOE por prevaricación y obstrucción a la Justicia.
En el escrito, articulado por secretario jurídico de la asociación, Eugenio Nemiña, combaten los argumentos esgrimidos por la ministra en su resolución del pasado sábado rechazando la suspensión del DAO. Y le exige que actúe.
Como ha informado OKDIARIO, Robles alegó en aquella resolución que no procede ahora abrirle un expediente disciplinario ni la adopción de medidas cautelares y que decidirá «según evolucione la situación procesal». No obstante, se acogió al «principio de supremacía de la jurisdicción penal sobre el ámbito administrativo».
Critica la «inacción» frente al DAO
La AUGC destaca en su escrito la reiterada jurisprudencia del Tribunal Militar Central, confirmada en casación por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que ha establecido que la adopción de medidas cautelares del artículo 54 del Régimen del Personal de la Guardia Civil «no exige la existencia de una resolución judicial firme, sino la mera concurrencia de indicios racionales de la comisión de una infracción, unida a la necesidad de una acción inmediata para preservar la disciplina o evitar perjuicio al servicio».
Y señala que esa misma jurisprudencia ha rechazado expresamente que la existencia de un procedimiento penal en curso constituya obstáculo para la adopción simultánea de la medida cautelar disciplinaria.
Así, indica que lo sostenido por Robles «es precisamente el argumento que la jurisdicción militar especializada viene rechazando de forma reiterada cuando lo invocan los guardias civiles de base para oponerse a su propio cese cautelar».
Por ello, la AUGC no comprende «por qué un criterio jurisprudencial consolidado, aplicado sistemáticamente para sostener la suspensión inmediata de agentes ante meros indicios policiales, se abandona precisamente cuando el investigado ostenta el empleo de teniente general y ocupa el segundo puesto de mando del Cuerpo, pese a que su imputación acordada por un órgano judicial, a instancias del Ministerio Fiscal, es por «delitos de notoria gravedad y es un indicio de mayor entidad procesal que el de otros casos».
Deber de ejemplaridad de los mandos
Asimismo, la asociación mayoritaria de guardias civiles recuerda a Robles el deber de ejemplaridad de los mandos: «La disciplina, pilar constitucional de la organización militar de la Guardia Civil (artículo 1 LORDGC), no se sostiene únicamente sobre el deber de obediencia de los subordinados, sino, de forma primordial, sobre la ejemplaridad de quienes ejercen el mando».
Y subraya que «el buen ejemplo, tanto en el servicio como fuera de él, ha sido tradicionalmente proclamado como la principal enseñanza que debe presidir la conducta de todo militar, con mayor intensidad cuanto más elevado es el empleo y mayor la responsabilidad de mando que se ostenta».
«Quien ejerce como Director Adjunto Operativo —máximo mando uniformado del Instituto Armado— se encuentra sometido, si cabe con mayor rigor, a los mismos principios de disciplina, dignidad y sujeción a las consecuencias administrativas de una imputación penal que rigen para el último guardia de un puesto rural», recalca.
Daño y pérdida de confianza
La AUGC también hace hincapié en que la imputación del DAO está generando un «daño reputacional creciente» para la Guardia Civil, alimentado semana tras semana por la cobertura mediática del caso Leire, y que las bases del Cuerpo, muchas de las cuales han sido cesadas cautelarmente en sus funciones por hechos de mucha menor entidad institucional y procesal que los que afectan al DAO, «no comprenden» que quien ha sido señalado por la Fiscalía y por el magistrado Santiago Pedraz por prevaricación y obstrucción a la Justicia «continúe ejerciendo el mando operativo sobre los mismos agentes y unidades que, según se ha hecho público, se habrían visto presionados por su actuación».
Esta percepción de desigualdad de trato «erosiona gravemente la confianza de la militancia en la ecuanimidad del régimen disciplinario y en la propia cúpula del Cuerpo, con efectos disociadores sobre la disciplina que se pretende preservar», sostiene la AUGC.
Doble rasero
Esta asociación denuncia así el doble rasero que se aplica cuando los imputados son los mandos, ya que tiene son «numerosos» los expedientes disciplinarios» contra guardias civiles de la escala básica, en los que, «ante la existencia de una simple denuncia, un atestado policial, una detención o un auto judicial que atribuye la condición de investigado —sin que exista imputación formal equiparable a la que afecta al DAO, y sin resolución judicial firme alguna—», se ha acordado la medida y, de forma inmediata, el cese cautelar en funciones» durante tres meses.
En este sentido, pone como ejemplo el caso de un agente de La Coruña al que se le ha abierto un expediente, con cese cautelar durante tres meses sólo porque se ha dictado un auto judicial que le atribuye la condición de investigado en una pieza separada de una causa penal cuyo objeto principal ni siquiera concierne directamente al afectado.
Como ha informado OKDIARIO, guardias civiles han sido suspendidos por mucho menos que el DAO. Entre los casos destaca el de un agente al que le pidieron un año de suspensión de empleo y sueldo «por llamar embustero a Zapatero». Otros fueron represaliados por consultar el DNI de su hermano o la matrícula del prófugo Carles Puigdemont.
Código de conducta
Además, la AUGC recuerda a Robles que el Código de Conducta de la Guardia Civil, en el artículo 41, dice que «la autoridad en el ejercicio del mando implica el derecho y el deber de tomar decisiones, dar órdenes y hacerlas cumplir, mantener la disciplina y administrar los recursos asignados» y que el mando irá acompañado, en todo caso, de la asunción de la consiguiente responsabilidad y «deberá presidir las acciones necesarias para fortalecer la moral, formar y motivar a todo el personal».
Y apunta que el hecho que se haya producido una imputación formal supone la contravención de Reglas de comportamiento del Guardia Civil que «no pueden ser obviadas ni necesitan para adoptar medidas cautelares ningún desarrollo sino su directa aplicación».
Se refiere al artículo 6 del Régimen, que dispone que cumplirá con exactitud sus deberes y obligaciones impulsado por el sentimiento del honor, verdadera seña de identidad del guardia civil; ejercerá un estilo de mando basado en el ejemplo y el liderazgo personal, procurando conseguir el apoyo y cooperación de los subordinados mediante un alto grado de prestigio y dedicación profesional, preparación, iniciativa y capacidad de decisión; y evitará todo comportamiento que pueda comprometer el prestigio del Cuerpo o la eficacia del servicio que presta a la sociedad.
Y Llamas ya no cuenta con la confianza de sus subordinados.
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