La Fiscalía quiere tramitar la euroorden de entrega de Puigdemont sólo por el delito de rebelión

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont, en una reciente imagen en Bruselas. (Foto: AFP)

La Fiscalía es partidaria de pedir la entrega del prófugo Carles Puigdemont a la Justicia belga sólo por los delitos de rebelión o sedición. La petición se hará previsiblemente en primavera, cuando el juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo acabe la instrucción y se decida sobre su procesamiento.

El objetivo es ajustar la euroorden de entrega al delito mayor por el que las pesquisas del instructor hayan acumulado pruebas suficientes y, así, evitar que Bélgica pueda entregar al golpista huido sólo por delitos menores como desobediencia, prevaricación o malversación.

Y es que el Supremo sólo podrá juzgarle por los delitos por los que sea entregado, y si el juez belga tiene ilegalidades graves y leves donde elegir, se podría dar la situación, «inaceptable» para la Fiscalía —según han indicado a Efe fuentes del ministerio público—, de que sólo pudiera ser encausado por causas de poco recorrido judicial.

La Fiscalía defiende por ello que la petición se limite a los delitos más graves, aunque implique el riesgo de que el juicio deba celebrarse sin el ex president de la Generalitat. Esto sería así en el caso de que la euroorden sea tramitada en Bélgica o en otro país que plantee problemas similares a la hora de hacer entregas por delitos de ese tipo.

La Justicia belga puede denegar la entrega de Puigdemont por rebelión o sedición, pero eso no implicaría que el prófugo quedara eximido de tales  delitos. Simplemente, se daría el caso de tener que juzgarlo en ausencia.

Investigación avanzada

La ventaja es que la investigación estará mucho más avanzada en primavera. De hecho, se prevé no reactivar la euroorden de entrega hasta que esté finalizada la instrucción y queden más que detallados los indicios probatrios. De este modo, será más difícil toparse con un problema similar al que se intuyó hace algo más de un mes, cuando tras huir el ex president, el proceso europeo de entrega se detuvo ante la sospecha de que la Justicia belga no interpretaba los hechos del mismo modo que la española.

Esta nueva orden de detención se solicitará cuando el juez del caso abierto en el Supremo por el proceso independentista, Pablo Llarena, decida sobre el procesamiento de los implicados, lo que previsiblemente será en marzo o en abril.

La Fiscalía modificó su petición de detención cuando el pasado enero Puigdemont viajó a Dinamarca, y ya la acotó únicamente a los delitos de «rebelión y/o sedición», con el mismo objetivo precisamente de que no quedara impune por ellos de ser entregado.

El juez Llarena rechazó en ese momento cursar la euroorden alegando que le habría permitido a Puigdemont encontrar un resquicio legal para delegar su voto en el Parlamento de Cataluña.

Ahora, la Fiscalía es partidaria de hacer lo mismo y que la orden de arresto se curse sólo por esos delitos, aunque el juez puede decidir tramitarla por todos o sólo por algunos o incluso limitarse a reactivar la orden que en un principio cursó a Bélgica y luego retiró, que englobaba todas las infracciones legales.

Diferentes códigos penales

De encontrarse en ese momento Puigdemont en Bélgica y si se pidiera por todos los delitos, este país podría restringir la detención del ex president a los tipos más leves, puesto que su Código Penal no recoge la rebelión en los términos en los que se tipifica en la legislación española.

En el caso de que Bélgica no entregara a Puigdemont por rebelión o sedición, el Supremo no podría suspenderle en sus funciones en aplicación de lo que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal, porque no estaría en prisión preventiva y éste es uno de los requisitos para ello junto con el procesamiento.

El artículo 384 bis de esta norma señala que ante «un auto firme de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».

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