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Tribunales

El ex DAO asegura que la denunciante se despidió con un «adiós cariño, nos vemos el domingo»

José Ángel González pide al abogado de la denunciante que cese la exposición mediática del caso

  • Irene Tabera
  • Madrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: irene.tabera@okdiario.com

El ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional José Ángel González asegura en un escrito remitido al juez que le investiga por agresión sexual que la denunciante se despidió diciéndole: «Adiós cariño, nos vemos el domingo».

Los abogados del ex DAO aseguran en el escrito, al que ha tenido acceso OKDIARIO, que dicha despedida «resulta incompatible con el comportamiento de quien afirma haber sido víctima de una agresión sexual instantes antes».

Precisamente sobre este extremo le preguntaron en la declaración del pasado 17 de marzo en sede judicial. La denunciante negó haber pronunciado la expresión de «nos vemos el domingo», sin embargo, tras reproducirse la grabación de audio de los hechos denunciados, dicha frase se escucha hasta en dos ocasiones.

«La querellante pasó de negar dicha manifestación a decir ‘no lo recuerdo, si fuera así, ya le digo que se pueden decir muchas cosas, pero era por salir de la situación’», exponen los abogados del mando policial. 

La versión del ex DAO

El que fuera DAO asegura que «la denunciante quiere hacernos pensar que es víctima una persona que sube al domicilio por propia voluntad con un arma reglamentaria; que permanece por propia voluntad; requiriendo continuamente información de forma inquisitiva; que se le invita varias veces a marcharse; que adopta una actitud cariñosa; que requiere que se le preste más atención; que recrimina que no se le haga caso y que se despide».

Y prosigue: «Cuando la realidad es que es una persona celosa, posesiva y resentida con la única intención de causar el mayor mal a mi mandante, y, que en caso de conseguir una impensable sentencia condenatoria, poder recibir hasta el 200% de salario (de ahí la insistencia de decir que estaba en acto de servicio acatando órdenes de alguien que ni siquiera es su superior jerárquico como ella misma reconoce) por su más que probable jubilación».

La defensa del ex DAO también expone en el escrito, ya presentado en sede judicial, que la denunciante negó ante el juez haber realizado seis llamadas telefónicas el día 23 de abril de 2025, a pesar de que es su propia representación letrada quien aporta el documento que así lo acredita en la querella: «Eso está equivocado, el pantallazo no está equivocado, lo que se puede dar lugar es a malas interpretaciones».

Diligencias reservadas

La defensa del ex DAO, ejercida por los penalistas José Carlos Velasco e Ignacio Fuster Fabra, también denuncia en este escrito que el letrado de la acusación ha vulnerado la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que «las diligencias deben ser reservadas y de carácter privado», al divulgar públicamente el contenido de las declaraciones celebradas el 17 de marzo de 2026.

La defensa del ex DAO adjunta en el documento los enlaces de las entrevistas televisivas del abogado y dice que hizo múltiples intervenciones en medios de comunicación tras la declaración judicial.

«Entendemos que su verdadero interés es el mediático, pues rápidamente renunció a interrogar por los delitos que constan en la querella y en los escritos no acierta ni en el encabezamiento, pero no se debiera permitir que su desmedido protagonismo sea a costa de realizar apariciones públicas, con el agravante de que distan mucho de la realidad jurídica», exponen los abogados del que fuera DAO.

Explican que, a su juicio, hay una «evidente contradicción e incluso un doble rasero» por parte de la acusación, pues «no puede ni debe admitirse que quien pretende ampararse en la necesidad de preservar la confidencialidad del procedimiento sea simultáneamente quien más contribuye a su exposición pública en medios de comunicación.»

De este modo, solicitan que cese la realización de manifestaciones públicas relativas al procedimiento. «Se tenga por puesto en conocimiento de este tribunal la revelación pública del contenido de las actuaciones por parte del letrado de la querellante, en vulneración del carácter reservado de la instrucción acordando su apercibimiento para que se abstenga de realizar nuevas manifestaciones públicas relativas al contenido del procedimiento», concluye la defensa del ex DAO.