La documentación judicial del máster de Casado reconoce que todos los alumnos tuvieron igual trato
La documentación judicial del máster de Pablo Casado reconoce que todos los alumnos tuvieron el mismo trato a la hora de acceder a convalidaciones. Se trata de la documentación con la que eleva el caso la jueza de Instrucción Carmen Rodríguez-Medel al Tribunal Supremo. Una explicación que rechaza en su propia argumentación el trato de privilegio al actual presidente del PP.
Los textos remitidos al Alto Tribunal admiten, de este modo, que la legalidad de las convalidaciones y señalan que en el curso 2008/09 todos los que solicitaron la convalidación tuvieron acceso a ellas porque no era una cuestión aislada de un alumno, sino la aplicación directa del Real Decreto del año 2005, que era el que tenía que aplicarse por una Resolución oficial del año 2008 emitida por el propio Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, y no por decisión de nadie del PP, como ya ha adelantado OKDIARIO.
La argumentación del propio Juzgado de Instrucción rechaza, por lo tanto, la existencia de ningún trato de favor en las convalidaciones, uno de los puntos principales de discusión del caso.
Donde sí señala dudas la instructora que ahora eleva el caso al Supremo es en la calificación de otras cuatro asignaturas, señalando la obligatoriedad de asistir a clase. La propia normativa universitaria, sin embargo, señala que la forma de evaluación corresponde al profesor que en el ejercicio de su libertad de cátedra puede acordar con el alumno una modificación de la fórmula de evaluación en función de sus condiciones profesionales o personales. La documentación judicial tampoco señala que esta posibilidad de buscar fórmulas de realizar los contenidos de un manera flexible y acorde a las necesidades laborales de los alumnos fuese exclusiva de ninguno de los alumnos.
La jueza, por otra parte, pone en duda la existencia de lo trabajos del máster y que se elaboraran en el momento de la realización del curso. De hecho Rodríguez Medel ahí sí propone al Tribunal Supremo diligencias para averiguarlo. Pero lo cierto es que Casado ha mostrado públicamente los trabajos explicando que se elaboraron y entregaron en ese momento, y si no los ha aportado a la jueza es porque no le han sido solicitados en una causa en la que Casado no podía intervenir porque está aforado y sólo el Supremo se los puede pedir.
En base a ello, se habla de una posible cooperación necesaria para la prevaricación administrativa, punto que deberá evaluar el Alto Tribunal a partir de ahora para ver si le confiere consistencia. Pero lo cierto es que también en este punto se ha acreditado ya que el presidente del PP se matriculó efectivamente en el máster; que pagó también efectivamente las tasas académicas; que cuenta con su expediente académico íntegro porque lo ha mostrado; que solicitó realmente el reconocimiento de créditos —cuestión preceptiva pues según el procedimiento establecido por la URJC, será siempre a instancia del alumno, no de oficio—; y que aceptó el título, recogiéndolo y usándolo en su curriculum al igual que el resto de alumnos.
En resumen, que los factores de la supuesta acusación se basan en comportamientos sobre los que la documentación no aporta pruebas de que no fueran desarrollados por todos los alumnos del máster, sin ofrecer ningún indicio que apunte al conocimiento de la supuesta situación ilegal, algo que en el caso de existir, sería condición imprescindible.
Además, incluso en caso de existir un supuesto cohecho —por la analogía con un pretendido regalo—, la exposición de la jueza reconoce que el cohecho impropio habría prescrito hace años.
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