El Congreso suspende de sueldo y derechos parlamentarios a Ábalos pero mantendrá su acta de diputado
El ex ministro mantendrá el acta de diputado, como marca la Ley
La Mesa del Congreso de los Diputados ha suspendido este miércoles de todos los derechos como diputado al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos, quien se encuentra en prisión provisional por el presunto cobro de mordidas en contratos de mascarillas durante la pandemia. Eso significa que pierde su sueldo y que ya no podrá participar en votaciones, como había pedido. Pero, como marca la ley, mantendrá el acta de diputado. La decisión de la Mesa del Congreso se produce el mismo día que se ha confirmado el auto de procesamiento
El artículo 21 del Reglamento del Congreso señala que «los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».
Al declarar suspendido en el ejercicio del cargo y, por tanto, en los derechos y deberes establecidos en el Reglamento de la Cámara, a Ábalos, el Congreso establece:
- No autorizar el abono de las percepciones económicas propias de la condición del diputado.
- Proceder a dar de baja al diputado en la cobertura de protección social con cargo al Presupuesto de la Cámara, así como en la póliza de accidentes concertada por las Cortes Generales.
- Detraer la parte proporcional de la subvención correspondiente al Grupo Parlamentario Mixto, en lo relativo a la pertenencia al mismo del diputado.
La nueva situación de José Luis Ábalos se podrá ver ya en la sesión plenaria de este jueves: es evidente que el ex ministro ya no podrá votar en ninguno de los puntos del orden del día.
Tras la decisión del juez Leopoldo Puente de meter en prisión a Ábalos, la Presidencia del Congreso remitió un oficio al Supremo para que certificase ese ingreso penitenciario, con el fin de poner en marcha la suspensión del diputado, informa Ep.
En su respuesta, el Alto Tribunal confirmó que se había decretado «la prisión provisional comunicada y sin fianza» para Ábalos, pero también subrayó que el auto de procesamiento no era firme al estar recurrido en apelación por su defensa, cuya deliberación se programó para el pasado día 4.
Procesamiento de José Luis Ábalos
El Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles los recursos de apelación presentados por José Luis Ábalos y Koldo García contra el auto que acordaba continuar la causa especial por los trámites de procedimiento abreviado, es decir, abrir juicio oral y sentarles en el banquillo de los acusados. La Sala de lo Penal ha confirmado que existen «indicios racionales de criminalidad» suficientes para abrir juicio por los hechos investigados relacionados con la adquisición de material sanitario durante la pandemia.
El auto, firmado por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, desestima íntegramente las pretensiones de las defensas. Estas habían solicitado la nulidad del auto de prosecución dictado el 3 de noviembre o, subsidiariamente, el sobreseimiento provisional de la causa.
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