Lanza condenado a 20 años de cárcel por asesinar al hombre de los tirantes con la bandera de España
La magistrada presidenta del tribunal popular, María José Gil Corredera, ha condenado a Rodrigo Lanza a 20 años de prisión por el asesinato con alevosía y agravante de motivos ideológicos de Víctor Laínez, de 55 años, en un bar de Zaragoza en diciembre de 2017.
La sentencia se refiere al llamado ‘crimen de los tirantes’, que ocurrió el 12 de diciembre del 2017, cuando el joven agredió brutalmente en un bar a Victor Laínez, que llevaba puesto unos tirantes con la bandera de España. Laínez murió días después en el hospital debido a la gravedad de las heridas.
Además, condena a Rodrigo Lanza a indemnizar con 200.000 euros a la familia del fallecido y a indemnizar al Servicio Aragonés de Salud con 5.620 euros, correspondientes al gasto sanitario efectuado por intentar salvar la vida a Laínez en un hospital de la capital aragonesa.
La decisión de la Justicia llega después de que el pasado jueves el jurado lo declarase culpable de asesinato. El jurado consideró por mayoría de ocho a uno a Rodrigo Lanza culpable del asesinato de Víctor Laínez y ha determinado por la misma mayoría que la agresión se produjo sin que la víctima pudiera defenderse y que fue por motivos ideológicos, aunque descartó el ensañamiento. El tribunal consideró como atenuante también su estado de embriaguez.
La sentencia ya ha sido notificada la Fiscalía, a los abogados de la familia de la víctima, José Luis Melguizo y Enrique Trebolle, al de la acción popular de Vox, ejercida por el abogado y diputado David Arranz y el letrado de la defensa, Endika Zulueta.
Condenado por asesinato
El jurado popular condenó el pasado jueves a Rodrigo Lanza por un delito de asesinato por matar a Víctor Laínez, un hombre que tan solo vestía unos tirantes con la bandera de España en diciembre de 2017.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) obligó a repetir el juicio por falta de motivación del veredicto. En este segundo juicio, los miembros del jurado no solo han hallado culpable a Lanza, sino que además han apreciado las agravantes de crimen ideológico y alevosía. De hecho, la pena impuesta ha pasado de los cinco años por un delito de lesiones u homicidio imprudente, a los 20 que deberá cumplir ahora.
Los miembros del jurado popular, que contó con ocho votos a favor y uno en contra de la condena, contestaron a las 45 preguntas formuladas por la magistrada presidenta María José Gil Corredera.
Entre los hechos que el jurado no consideró probados, y que han tenido mucho que ver con la condena, se encuentran, por ejemplo, que no han creído que la víctima llevara una navaja con la que, según el asesino, le amenazó, lo que ha supuesto desmontar por completo la principal baza de la defensa, que Lanza se defendió de una agresión de Laínez.
La otra pata de la defensa que ha caído por su propio peso, según las respuestas del jurado, es que el asesino atacó de frente. Según las preguntas respondidas por los jurados, Rodrigo Lanza atacó por la espalda a su víctima. De ahí la alevosía. Según el Código Penal, esta agravante, por la cual la pena es por asesinato y no homicidio, se produce cuando: “el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido”.
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