El CGPJ rechaza por unanimidad la ley que castiga más matar a un animal silvestre que una violación
El CGPJ advierte en su informe que el endurecimiento de las penas en la ley de bienestar animal "compromete el principio de proporcionalidad"
Belarra plantea penas de hasta 4,5 años por matar animales silvestres: más que el mínimo por violación
Nuevo despropósito: la ley de bienestar animal castigará más una patada a un perro que a una mujer
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves por unanimidad el informe sobre el Anteproyecto de Ley de Reforma del Código Penal en Materia de Maltrato Animal, la ley de bienestar animal impulsada por la ministra Ione Belarra, donde la vocal Roser Bach advertía de que con los cambios previstos se podría llegar a castigar más que un hombre maltrate a un perro para dañar a su pareja que una agresión leve a esta última. Así lo ha asegurado este jueves en un comunicado.
El CGPJ debatirá el próximo jueves la propuesta impulsada por Belarra. El texto del máximo órgano de los jueces advierte que el endurecimiento de las penas que se recoge para estos delitos «compromete el principio de proporcionalidad».
Bach avisaba en su propuesta de informe, conocida el pasado lunes, de que la reforma penal en materia de maltrato animal «puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones». Fuentes de la institución precisaron que, por ejemplo, con la futura ley de maltrato animal se pena con entre 3 a 18 meses de cárcel pegar al perro y con entre 6 meses a 1 año de cárcel si se agrede a la mujer (en ambos casos sin que haya lesiones graves).
A este respecto, la vocal indicaba que «otro supuesto en el que puede quedar afectado el principio de proporcionalidad lo constituye la pena prevista para el maltrato animal cuando concurra la circunstancia agravante de haber cometido los hechos para causar daño a quien sea o haya sido cónyuge del autor».
«La pena de prisión prevista en el anteproyecto para este supuesto es superior a la que está actualmente fijada para el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento médico o quirúrgico o el de maltrato de obra en el ámbito de violencia sobre la mujer», apuntó.
Más penas
En otro punto, señaló también que si se compara el delito de lesiones de animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario con el delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento médico o quirúrgico, la pena es la misma, es decir, una pena de multa de 1 a 3 meses.
Pero en el primero de los supuestos se prevé la posibilidad de una pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad cuya extensión (de 31 a 90 días) determina que el tipo deba ser calificado como un delito menos grave, no como delito leve, como es el caso de las lesiones sin tratamiento médico o quirúrgico en personas.
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