Miles de jubilados están perdiendo hasta 140 euros al mes por no solicitar este complemento de la Seguridad Social
Miles de jubilados en España podrían estar percibiendo una pensión inferior a la que realmente les corresponde. ¿La razón? El complemento para la reducción de la brecha de género de la Seguridad Social, reconocido desde febrero de 2021 y que pueden solicitar quienes cobran una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Su finalidad es compensar el posible perjuicio que el cuidado y la crianza de los hijos pudo tener sobre la carrera profesional y, en consecuencia, sobre la cuantía final de la pensión. Este complemento puede incrementar la pensión entre 36,90 y 147,60 euros mensuales, en función del número de hijos del beneficiario.
Aunque en un primer momento este complemento estuvo orientado principalmente a las mujeres, la normativa vigente también contempla que los hombres puedan beneficiarse de él si demuestran que el nacimiento o la adopción de sus hijos tuvo un impacto negativo en su carrera laboral. Asimismo, conviene recordar que esta ayuda no se reconoce automáticamente en todos los casos, por lo que es necesario solicitarla a la Seguridad Social, teniendo en cuenta que no pueden cobrarla ambos progenitores por los mismos hijos. Si ambos cumplen los requisitos exigidos, la Seguridad Social determinará quién tiene derecho al complemento, valorando cuál de los dos sufrió un mayor perjuicio en su trayectoria profesional o, en determinadas situaciones, quién percibe la pensión de menor importe.
Complemento para la reducción de la brecha de género
El complemento para reducir la brecha de género tiene como finalidad compensar a quienes vieron perjudicada su trayectoria laboral por el cuidado de sus hijos, una circunstancia que redujo sus cotizaciones y, en consecuencia, el importe de la pensión. En un primer momento esta ayuda estaba reservada exclusivamente a las mujeres, aunque desde marzo de 2023 también puede ser reconocida a los hombres que demuestren que su carrera profesional se vio afectada por la crianza.
Durante los años en los que la normativa limitaba este derecho, numerosos pensionistas recibieron una respuesta negativa a sus solicitudes. Sin embargo, la evolución de la jurisprudencia europea modificó la interpretación de la ley, permitiendo que prosperaran muchos recursos presentados por los afectados. Además del reconocimiento del complemento, los tribunales comenzaron a admitir compensaciones económicas por los perjuicios ocasionados tras la denegación inicial.
El abogado Luis Jiménez-Arellano Larrea recordó a través de una publicación en su perfil de la red social X que la doctrina judicial sigue respaldando estas reclamaciones. A finales de 2023, el Tribunal Supremo consolidó este criterio mediante una sentencia en la que fijó una indemnización de 1.800 euros para los trabajadores que reclamaron la denegación del complemento desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarara en 2019 que la regulación anterior suponía una discriminación por razón de sexo.
«Si estás pidiendo el complemento en tu pensión de jubilación para la reducción de la brecha de género, puedes incrementarlo, además, con una reclamación por daños y perjuicios, que el TS cuantifica en 1.800€. STS 310/2026, de 25 de marzo».
Si estás pidiendo el complemento en tu pensión de jubilación para la reducción de la brecha de género, puedes incrementarlo, además, con una reclamación por daños y perjuicios, que el TS cuantifica en 1.800€. STS 310/2026, de 25 de marzo.
— Luis Jiménez-Arellano Larrea (@LuisJ_Arellano) July 6, 2026
Requisitos
Pueden solicitar el complemento para reducir la brecha de género quienes accedieran a una pensión contributiva a partir del 4 de febrero de 2021, siempre que no hayan percibido anteriormente el complemento por maternidad o este mismo complemento. Además, es necesario haber tenido al menos un hijo o una hija y que la pensión reconocida sea inferior a la del otro progenitor, cumpliendo el resto de condiciones establecidas por la Seguridad Social.
En el caso de quienes obtuvieron su pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, la ayuda que corresponde solicitar es el complemento por maternidad. Para acceder a él, no debe haberse reconocido previamente este beneficio ni el complemento para la reducción de la brecha de género, y es necesario acreditar que se han tenido al menos dos hijos.
Solicitud
Para solicitar este complemento es necesario presentar el documento de identidad de la persona interesada y la documentación que acredite el vínculo familiar. Entre los documentos admitidos figuran el libro de familia , las actas de nacimiento o el certificado de adopción. Cuando la adopción se haya realizado en el extranjero, también debe acreditarse que tiene validez legal en España.
La solicitud se puede presentar en cualquier momento una vez concedida la pensión, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. El complemento se abona mensualmente, con dos pagas extraordinarias en junio y noviembre, y una vez reconocido tiene efectos desde la fecha de concesión de la pensión, por lo que incluye el abono de los atrasos correspondientes.
Tras completar el trámite, el solicitante obtiene un justificante de la petición, recibe la resolución en su domicilio y, si esta es favorable, comienza a cobrar el complemento junto con la pensión en la siguiente mensualidad.
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