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Economía
Herencias

El error fiscal que cometen muchos herederos y te puede salir caro: no declarar el piso que comparten con sus hermanos

Con la campaña de la renta ya en marcha desde el pasado 8 de abril, empiezan a repetirse escenas bastante típicas con papeles encima de la mesa, dudas que no estaban el año pasado y dependiendo de la situación, una sensación de que no todo queda muy claro. Y entre todas las cuestiones que suelen generar más lío, hay una que se repite mucho más de lo que parece entre los herederos de un piso o una casa, ya que no se sabe exactamente cómo se declara y más cuando se comparte entre hermanos.

No es raro que esto suceda. Cuándo fallecen los padres, varios hermanos pueden acabar siendo herederos de su piso y con ello, que la vivienda se acabe quedando ahí sin más, sin alquilar, sin vender y, en muchos casos, prácticamente cerrada. Y claro, surge la duda lógica ya qie si no da dinero, ¿hay que declararla? Ahí es donde se produce el error. Porque sí, aunque no genere ingresos, en muchos casos sí hay que incluirla en la declaración. Y no hacerlo puede acabar teniendo consecuencias.

Cómo deben los herederos declarar un piso

Es bastante común pensar que el IRPF sólo afecta a lo que genera ingresos directos, como sueldos, intereses o alquileres, pero cuando hablamos de inmuebles, la cosa cambia un poco ya que ser herederos de un piso, de entrada, no obliga a pagar IRPF. Eso ya se liquida en su momento con el Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, el problema viene después porque una vez que ese inmueble pasa a ser tuyo (o parcialmente tuyo), Hacienda ya no lo pierde de vista. Y da igual que esté vacío o que nadie lo esté utilizando de forma activa.

Lo que muchos desconocen es que existe lo que se conoce como imputación de rentas, es decir, que Hacienda asume que una vivienda puede generar un beneficio, aunque en la práctica no lo esté haciendo. Por eso, obliga a declarar una pequeña cantidad vinculada a ese inmueble. No es un ingreso real, pero se calcula como si lo fuera, aplicando un porcentaje sobre el valor catastral. No suele ser una cifra muy alta, pero el problema no es tanto el importe como el hecho de no incluirlo, ya que ahí es donde empiezan los riesgos.

Qué pasa cuando el piso es de varios hermanos

Aquí es donde se producen muchos despistes. Al ser una propiedad compartida, algunos piensan que no tienen que hacer nada o que basta con que uno de los hermanos se encargue del tema. Pero no funciona así si bien cada propietario tiene que declarar su parte. Da igual que el piso esté sin uso o que ninguno esté sacando rendimiento económico.

Incluso en situaciones en las que uno de los hermanos vive en la vivienda, el resto no queda fuera. Siguen teniendo un porcentaje de propiedad y, por tanto, también una parte de esa imputación que deben reflejar en su declaración. Es un matiz importante porque suele pasarse por alto con bastante frecuencia.

Cuidado con el tipo de herencia

No todos los casos son iguales, y aquí hay un detalle que puede cambiar bastante el resultado: qué es exactamente lo que se ha heredado. Si se tiene plena propiedad o usufructo, la obligación de declarar ese inmueble suele estar ahí. Sin embargo, si lo que se ha recibido es solo la nuda propiedad, la situación cambia ya que en ese caso, no se tiene derecho a usar la vivienda ni a obtener rendimiento de ella, así que no se incluye en el IRPF. Es un punto que conviene revisar bien porque puede evitar errores tanto por exceso como por defecto.

También pasa cuando se cede una vivienda gratis

Otro escenario bastante común es el de los padres que dejan un piso a un hijo sin cobrar alquiler. Puede parecer que, al no haber ingresos, no hay nada que declarar, pero, de nuevo, no es así. Hacienda sigue considerando que ese inmueble está generando una capacidad económica, aunque no haya dinero de por medio. Por tanto, se aplica la misma lógica de imputación. Este tipo de situaciones suelen generar dudas porque, desde fuera, no parece que haya ninguna actividad económica. Sin embargo, fiscalmente sí la hay.

El problema no es sólo equivocarse, es no corregirlo a tiempo

Con todo esto, no es raro que haya errores en la declaración. De hecho, es bastante habitual en casos de herencias compartidas. La parte positiva es que, si te das cuenta dentro del plazo de la campaña, puedes corregirlo sin mayores problemas. Pero si pasa el tiempo, ya no es tan sencillo.

Los recargos empiezan siendo pequeños, pero van aumentando. Y si es la Agencia Tributaria la que detecta la omisión, entonces hablamos de sanciones mucho más serias, que pueden subir bastante en función de la cantidad no declarada.

Y luego hay otra cuestión que conviene tener en mente. En el IRPF, el parentesco no cambia nada. Es decir, da igual que el inmueble venga de padres a hijos o entre hermanos. La obligación de los herederos de declarar ese piso funciona igual. Además, si alguno de los herederos renuncia a su parte, ese porcentaje se reparte entre los demás, lo que también modifica lo que cada uno debe declarar.

Al final, la conclusión es bastante clara, aunque no siempre evidente a primera vista: tener un piso heredado, aunque no se utilice, no significa que se pueda ignorar en la renta. Y ese pequeño despiste, que parece inofensivo, puede terminar convirtiéndose en un problema más serio de lo que parece.