Cambio total en la forma de viajar: tienes que saber esto si vas a coger un avión
Estas nuevas leyes cambian el modo de viajar en avión
Los desafíos que enfrentan los pasajeros de aerolíneas de bajo costo al intentar llevar su equipaje de mano han alcanzado niveles que han captado la atención del Parlamento Europeo. Esta problemática, a pesar de su aparente trivialidad, ha generado una serie de denuncias por parte de los consumidores, llevando a una intervención a niveles gubernamentales dentro de la Unión Europea.
Cambios para viajar en avión
El Parlamento propone cambios significativos que obligarían a estas aerolíneas de bajo costo a revisar su política de manejo del equipaje de mano. Uno de los cambios fundamentales sería la modificación de las dimensiones permitidas para el equipaje de mano, lo que garantizaría la gratuidad para llevar una maleta en la cabina. A pesar de esta propuesta, voces desde las aerolíneas han adelantado su negativa a llevar a cabo esta modificación, generando cierta incertidumbre sobre la implementación de esta medida.
Para atender esta problemática, el Parlamento Europeo está elaborando una ley que refleje estos cambios y que respalde la eliminación del cobro por el equipaje de mano, además de estandarizar las medidas de las maletas entre todas las aerolíneas. La falta de una ley o normativa común ha permitido que cada aerolínea fije sus propias dimensiones y decida si cobra o no por el equipaje de mano, lo que ha generado una disparidad considerable en las políticas de equipaje entre las compañías.
Sin embargo, la aprobación de esta ley no es algo asegurado. Aunque el Parlamento Europeo está trabajando en ello, el Consejo Europeo debe dar su visto bueno a estas medidas, las cuales deben ser redactadas y entregadas por el Parlamento antes de ser consideradas. Si el Consejo aprueba la ley, se establecerá una fecha de entrada en vigor para los pasajeros que viajen dentro de la Unión Europea, lo que potencialmente garantizaría la gratuidad del equipaje de mano, incluso en aerolíneas de bajo costo. No obstante, las objeciones iniciales planteadas por las aerolíneas podrían representar un desafío para la efectiva implementación de esta medida.
En cuanto a las medidas propuestas para el equipaje de mano, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) sugiere que las maletas no superen los 55 cm de alto, 35 cm de ancho y 20 cm de profundidad. Respecto al peso, aunque no hay un consenso entre las aerolíneas de bajo costo, suelen establecer un límite de alrededor de ocho kilogramos para el equipaje de mano.
Multas a aerolíneas
Siete aerolíneas de bajo coste están bajo la lupa de la Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador del Ministerio de Consumo en España. Se les investiga por presuntas irregularidades relacionadas con sus políticas de equipaje de mano y asignación de asientos. Esta investigación busca determinar el cobro adicional por servicios que normalmente son esenciales para los pasajeros durante sus viajes.
Entre las prácticas cuestionadas se encuentra el cobro extra por llevar una maleta en cabina sin facturar o por seleccionar asientos, incluso en casos de menores o personas dependientes. El ministerio, amparado por sus nuevas competencias sancionadoras ante fraudes masivos, evalúa si estas acciones de las aerolíneas de bajo coste son abusivas o contrarias a la normativa de consumo.
Además, se investiga si estas compañías podrían estar obteniendo ventajas injustas en motores de búsqueda y comparadores de vuelos mediante prácticas como la segmentación de precios. Estas acciones podrían estar generando diferencias significativas entre los precios mostrados inicialmente y los costos reales que paga el consumidor al finalizar la transacción.
Estas aerolíneas, que en conjunto poseen una cuota de mercado superior al 30% tanto en Europa como fuera de ella, impactan en la contratación de millones de pasajeros. Las prácticas bajo investigación podrían constituir infracciones graves, que podrían resultar en multas desde 10.000 hasta 100.000 euros, o incluso exceder estos montos hasta llegar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido o el 4% de la facturación si se confirman como prácticas generalizadas en la Unión Europea.
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