Economía
Banco de España

El Banco de España avisa: esto es lo va a pasar si tienes la luz y el agua

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Optar por la domiciliación bancaria para pagar las facturas es lo más habitual entre los españoles. Ahora, el Banco de España señala que los clientes tienen el derecho de devolver puntualmente algunos de estos recibos si lo consideran oportuno. Sin embargo, es esencial tener en cuenta que realizar esta acción sin una explicación clara a las entidades financieras puede tener consecuencias graves.

Existe el riesgo de que las compañías proveedoras de servicios, como luz, agua o telefonía, interpreten la devolución como una renuncia a los servicios y tomen medidas como el corte del suministro. La gestión adecuada de estas situaciones es fundamental para evitar complicaciones con los servicios básicos del hogar.

El aviso del Banco de España sobre los recibos domiciliados

Para solicitar la devolución de un recibo autorizado previamente, se deben cumplir dos requisitos fundamentales, según el Banco de España. El primer requisito implica que el usuario no tenga información detallada sobre el cargo realizado, y el segundo establece que, después de varios pagos superiores a lo habitual, no se cuente con un recibo.

Es esencial que, al solicitar la devolución del recibo, se explique claramente la causa de esta acción para evitar posibles consecuencias negativas. El Banco de España destaca que la normativa de servicios de pago concede el derecho al cliente de ordenar la devolución de recibos o adeudos domiciliados que la entidad financiera debe cumplir.

En cuanto a los plazos de devolución, según la normativa, estos varían entre ocho semanas y trece meses para los cargos con autorización previa. En el caso de cargos no autorizados, el banco tiene un plazo de 10 días hábiles para efectuar la devolución del importe cobrado o, en su defecto, justificar el cargo. La correcta aplicación de estos procesos garantiza una gestión eficiente y transparente de los pagos domiciliados.

Consecuencias

Para evitar posibles consecuencias negativas, es crucial indicar claramente el motivo de la devolución, como recuerda la entidad financiera. De lo contrario, podría interpretarse como renuncia al servicio, lo que podría resultar en la suspensión de servicios esenciales como agua, gas, electricidad o telefonía.

Asimismo, la devolución de recibos emitidos por entidades como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria debe manejarse con cuidado. Puede conllevar recargos y la pérdida de subvenciones o bonificaciones no solo para el recibo devuelto, sino también para los siguientes que no se emitieron.

Cabe destacar una devolución incorrecta de un recibo puede generar dificultades para acceder a préstamos o financiación, ya que la empresa proveedora de servicios puede incluir al cliente en listas de morosos sin notificarlo.

Teniendo esto en cuenta, es fundamental que la devolución de un recibs se lleve a a cabo con la justificación necesaria y fundamentada en motivos válidos para no abonar el recibo.

Alerta sobre el pago con tarjeta

El pago con tarjeta se ha vuelto una práctica común, aunque en el pasado surgieron inquietudes sobre su seguridad. Para garantizar la autenticidad del titular, muchos establecimientos solían solicitar el Documento Nacional de Identidad (DNI) al realizar transacciones con tarjetas. Sin embargo, el Banco de España ha afirmado recientemente que no existe una obligación legal de proporcionar el DNI en estos casos.

La necesidad de mostrar el DNI al pagar con tarjeta ha perdido relevancia con la popularidad de los pagos contactless. A diferencia de épocas pasadas, donde incluso se requería la firma en el recibo para verificar la identidad, en la actualidad, la seguridad ha avanzado significativamente. Incluso para pagos de menos de 50 euros, no se requiere introducir el PIN en muchas tarjetas modernas.

El Banco de España destaca que la mayoría de las tarjetas modernas están equipadas con chip y PIN, lo que ha facilitado transacciones más rápidas y eficientes. En este contexto, solicitar el DNI durante las transacciones se percibiría como una demora innecesaria. La evolución de la tecnología ha contribuido a cambiar las prácticas habituales, haciendo que la verificación de la identidad mediante el DNI sea cada vez menos frecuente en el proceso de pago con tarjeta.

Algunos comercios aún mantienen la práctica de solicitar el DNI como medida adicional de seguridad al realizar pagos con tarjeta. Ante esta situación, el Banco de España sugiere proporcionar al establecimiento una forma de identificación segura para generar confianza, aunque no sea un requisito obligatorio.

La entidad destaca que, aunque la presentación del DNI no es obligatoria, tampoco es perjudicial. Enfatiza la importancia de tomarse el tiempo necesario al pagar, ya que la solicitud del DNI contribuye a fortalecer la seguridad. Además, menciona otros derechos del cliente, como la posibilidad de solicitar una copia del recibo o verificar el ingreso en el datáfono, aunque no sean prácticas indispensables.

Por último, cabe destacar que estas medidas adicionales ofrecen niveles de seguridad adicionales, aunque no alcancen la robustez de un PIN, incorporando así una precaución adicional al proceso de pago en comercios.