Adiós a pagar el impuesto de sucesiones: atento si estás en esta lista
Todo lo que debes saber sobre el impuesto de sucesiones
Pedro Sánchez prepara un sablazo fiscal de cara a los próximos meses. El presidente del Gobierno anunció hace unas semanas que próximamente habrá una subida de impuestos en España y todo hace indicar que desde la Moncloa quieren meter mano en el impuesto de sucesiones, que depende de las comunidades autónomas y que muchas, como es el caso de Madrid o Andalucía, han decidido bonificarlo y que tenga un carácter simbólico.
Para intentar aglutinar más dinero a través de los impuestos, en OKDIARIO ya informamos en su día que Pedro Sánchez prepara una reforma fiscal en la que pretende obligar a la Comunidad de Madrid entre otras a que cobren el impuesto de sucesiones y donaciones y también a aumentar los tipos dentro del IRPF. Para ello, desde el Gobierno pretenden crear un impuesto temporal y solidario que tenga un tipo mínimo y que sea obligatorio. Esta será su forma de ir contra la decisión de muchas comunidades de no cobrar otro impuesto más a los contribuyentes.
El impuesto de sucesiones grava las adquisiciones gratuitas reguladas en la ley del citado impuesto cuando sean realizadas por personas físicas, tales como herencias, legados, donaciones, etc. Dicho más fácil, este es el impuesto que tienen que pagar las personas, independientemente de su nivel económico, cuando reciben una herencia gratuita por parte de una personas que ha fallecido. Sólo podrán ser herederos de estas propiedades si pagan cantidades que en ocasiones no pueden ser asumidas por los aspirantes a propietarios.
Este impuesto está estipulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y la norma deja claro en su primeros párrafos que «de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la presente Ley». De esta manera, establece como hecho imponible «la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio» o «por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, ‘intervivos’».
El impuesto de sucesiones en las comunidades autónomas
El impuesto de sucesiones es de competencia directa de las comunidades autónomas y por ello muchas han optado por liberar a los herederos de esta carga y bonificar al 99% este impuesto para que la cantidad que tengan que pagar los ciudadanos sea simbólica. Una de los ejemplos de ellos es la Comunidad de Madrid, en la que Isabel Díaz Ayuso ha eliminado prácticamente este impuesto.
«La Comunidad de Madrid ha impulsado la práctica eliminación del Impuesto sobre Sucesiones para los supuestos en los que quien herede tuviese la siguiente relación de parentesco con el fallecido», recoge la CAM en su página web en la que deja claro que tendrán una bonificación del 99% los descendientes (hijos, nietos…) y adoptados menores de veintiún años además de adoptados de veintiuno o más años cónyuge, ascendiente (padres, abuelos…) y adoptantes.
En otras comunidades autónomas como Andalucía, Comunidad Valenciana La Rioja, Canarias, Castilla y León y Murcia el impuesto de sucesiones está bonificado al 99% en caso de descendientes directos y los ciudadanos sólo tendrán que pagar un 1% de cuota simbólica.
En otros puntos de España tienen otras forma de interpretar el impuestos de sucesiones, como es el caso de Navarra o Castilla-La Mancha en la que sólo tienen que pagar las herencias que superen los 300.000. En Baleares y País Vasco tendrán que pagar el impuesto los que superen los 400.000 mientras que en Aragón las herencias menores de 100.000 están exentas a un 65% y las de hasta tres millones están exentas al 100%. En el caso de Cataluña, habrá una bonificación del 99% sólo para el cónyuge que reciba una herencia y después será del 66% al 99% en caso del parentesco con persona fallecida.
El impuesto de sucesiones lleva tiempo siendo noticia porque la mayoría de comunidades autónomas han preferido suprimirlo al contrario de lo que parece que es la estrategia del Gobierno de cara a los últimos meses de 2024 y 2025: llevar a cabo una gran recaudación fiscal con la que poder sostener un sistema que pende de un hilo por el alto número de gasto en pensiones, los números del desempleados que pueden ir al alza en el último trimestre del año y el alto paro juvenil que sitúa a España a la cola de Europa en este ámbito.
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