El juez desestimó la petición del fiscal de absolver a Messi, que puede recurrir la sentencia
Los Técnicos de Hacienda aplauden que la nueva ‘doctrina Messi’ no ampare la “ignorancia deliberada”
La condena de la Audiencia de Barcelona a Leo Messi y a su padre, Jorge Horacio Messi, a 21 meses de cárcel por fraude fiscal ha sorprendido a numerosos expertos judiciales, especialmente porque la propia fiscalía solicitaba la absolución del crack del Barcelona porque consideraba que su implicación en el caso era «puramente formal». Sin embargo, el Tribunal se ha plegado a la opinión de la Abogacía del Estado, que sí solicitaba la condena tanto para el jugador como para su padre.
En principio, la sentencia no implica el ingreso en prisión para ninguno de los dos, ni para Messi ni para su padre, por tratarse de una condena menor a los dos años que establece el Código Penal, por lo que a ambos se les concederá la remisión condicional de la condena, ya que carecen de antecedentes penales. Además, Messi ya saldó hace tiempo sus deudas con Hacienda tanto de los ejercicios juzgados como de los posteriores, por lo que a día de hoy está al día con la Agencia Tributaria.
Por otra parte, la sentencia en ningún caso es firme, sino que Messi y su padre podrán recurrir esta condena en instancias superiores, algo que están tratando este miércoles junto a su equipo de abogados, porque consideran que el juez se ha plegado a lo que solicitaba la Agobacía del Estado y no la fiscalía.
La Fiscalía pidió la absolución de Messi
Durante el juicio oral, para la acusación pública, no resultaba acreditado que Messi “participase en la toma de decisiones sobre la manera de canalizar los ingresos obtenidos mediante la explotación de sus derechos de imagen, ni opinase o fuese informado”. Tampoco conocía, según la fiscalía, que “existían o se utilizaban estructuras societarias exteriores específicamente articuladas para canalizar dichos ingresos de manera opaca”.
El ministerio público sostuvo durante el juicio que el mecanismo de defraudación consistió en «simular» la cesión de los derechos de imagen del jugador «a sociedades puramente nominales radicadas en paraísos fiscales», como Belice o Uruguay, y «complementariamente», formalizar contratos entre esas mismas empresas u otras domiciliadas también en el extranjero, como el Reino Unido o Suiza.
El objetivo era que los ingresos no pasaran nunca por España y, por lo tanto, se eludía el pago de los correspondientes impuestos. Para ello, las empresas interesadas en la explotación comercial de la imagen de Leo Messi debían contratar sus servicios a través de sociedades radicadas en el extranjero.
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