Multas de hasta 500.000 euros a los dueños de cuatro pisos vacacionales ilegales de Ibiza
La Policía Local los ha precintado de forma cautelar hasta resolver el expediente
El incumplimiento de las medidas cautelares puede comportar acciones penales
La Oficina de Lucha contra el Intrusismo del Consell de Ibiza ha cerrado cuatro viviendas en las que se ejercía el alquiler turístico de forma ilegal y sus propietarios se enfrentan a multas que podrían ascender hasta el medio millón de euros.
Según ha informado la institución un inspector y dos policías locales han notificado la medida cautelar a cada uno de los propietarios.
Además, les han colocado en las puertas unos adhesivos que deberán permanecer ahí hasta la resolución total del expediente. La Policía Local ha constatado que ningún piso tenía en la actualidad un uso turístico.
Los responsables se enfrentan a sanciones que pueden llegar a los 500.000 euros y el incumplimiento de las medidas cautelares puede comportar acciones penales.
El Consell ha recordado que, mediante acuerdos con plataformas de comercialización, se han eliminado de los canales principales más de 3.000 anuncios, reduciendo en 18.000 plazas la oferta ilegal de alojamientos turísticos en la isla.
En Ibiza está expresamente prohibido el alquiler de estancias turísticas en viviendas plurifamiliares, por lo que, cualquier piso turístico en la isla de Ibiza estaría dentro de la oferta ilegal.
Además, no existen alojamientos autorizados que permitan el alquiler turístico de habitaciones de capacidad múltiple, con lo que cualquier fórmula de habitación compartida o habitación privada en el interior de un apartamento o vivienda tendría la consideración de ilegal.
Tampoco está autorizada la acampada libre, por lo que no está permitido el alojamiento turístico en Camper, caravanas, tiendas de campaña o cabañas fuera de los campings autorizados en la isla.
Las viviendas de uso turístico (VUT) en Ibiza reciben en la normativa que las regula la denominación de Estancias Turísticas en Vivienda (ETV). En la isla de Ibiza solo se pueden comercializar estancias turísticas de la totalidad de una vivienda unifamiliar por periodos de tiempo no superior a dos meses.
No se permite la formalización de contratos por habitaciones o hacer coincidir en la misma vivienda a usuarios que hayan formalizado distintos contratos.
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