Condenado a 5 años de cárcel por abusar sexualmente de su nieta de 4 en Cádiz: sufrió una lesión en sus partes íntimas
La audiencia de Cádiz prohíbe acercarse a su nieta durante 12 años y al pago de 12.000 euros como indemnización
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un hombre por abusar sexualmente de su nieta cuando esta tenía sólo cuatro años, en la localidad de San Fernando. El alto tribunal andaluz ratifica la pena de cinco años de prisión al considerar al acusado responsable de un delito de abuso sexual sin acceso carnal, cometido aprovechando la relación de parentesco y la especial vulnerabilidad de la menor.
La resolución de primera instancia, emitida el año pasado por la Sección Tercera, establece como hechos probados que el acusado había estado distanciado de sus hijas durante un tiempo. Sin embargo, al saber que una de ellas había tenido una hija, comenzó a acercarse progresivamente, generando una mayor confianza. En ese contexto, visitaba a la menor y se ofrecía a cuidarla cuando era necesario.
El 9 de julio de 2021, alrededor del mediodía, el abuelo recogió a la niña en su domicilio en San Fernando y la llevó en coche a hacer unas compras. Posteriormente, tal como le había prometido, la llevó a una tienda de mascotas del municipio.
Según la sentencia, en «dicho lugar, y movido por el ánimo de satisfacer sus impulsos libidinosos», el hombre abusó de la menor. La niña se quejó tras sufrir una pequeña lesión, lo que provocó que el acusado detuviera su conducta. Después abandonaron el establecimiento y el abuelo la llevó de vuelta a casa, donde la dejó con su madre alrededor de las 14:00 horas.
Al llegar, la menor fue al baño y manifestó sentir dolor, explicando a su madre que su abuelo le había tocado en sus partes íntimas. Ante esta situación, la madre alertó a la Policía y presentó la correspondiente denuncia. El acusado fue detenido a las 16:00 horas.
Además de la pena de prisión, la Audiencia de Cádiz impuso al condenado la prohibición de acercarse o comunicarse con su nieta durante 12 años, así como el pago de una indemnización de 12.000 euros por los daños causados. Estas medidas también han sido confirmadas por el TSJA.
El condenado recurrió la sentencia alegando errores en la valoración de la prueba y vulneración de su derecho a la presunción de inocencia. Sostuvo que la lesión de la menor podía tener otra causa y cuestionó la validez del testimonio de la niña. No obstante, el TSJA desestimó el recurso al considerar que la declaración de la víctima era coherente, persistente y sin contradicciones, además de estar respaldada por el informe médico forense, confirmando así la condena inicial.
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